Las elecciones internas
Las elecciones internas de los partidos políticos constituyen la primera instancia de nuestro proceso electoral. Fueron establecidas por la reforma constitucional de 1996, e implementadas por primera vez en las elecciones de 1999. Todos los partidos que aspiran a competir por la Presidencia de la República, deben presentarse a las internas, incluso si el partido previamente seleccionó su candidato único a través de otros mecanismos, como fue el caso de la interna frenteamplista de 2004, en la que sólo compareció Tabaré Vázquez como candidato o en esta oportunidad el Partido Independiente.
A diferencia de lo que sucede con los mecanismos de selección de candidatos en otros sistemas políticos, las internas uruguayas son abiertas. Esto significa que el único requisito para participar es estar registrado en el padrón electoral ya que cualquier ciudadano puede votar en la interna de cualquier partido, sin necesidad de estar afiliado a él. Otra peculiaridad de las internas uruguayas es su simultaneidad, lo que impide que un mismo ciudadano vote en la interna de más de un partido. Y como las primarias se celebran el mismo día para todas las agrupaciones políticas, los votantes puede sufragar una sola vez en la interna de un único partido.
El voto en las internas es voluntario, lo que introduce una diferencia sustancial entre esta instancia electoral y las demás que le suceden; el resto del período eleccionario (elecciones presidenciales y legislativas, eventual segunda vuelta, y elecciones municipales) es de participación obligatoria. La experiencia previa ha mostrado niveles de participación marcadamente menores en las internas. En las elecciones nacionales la participación se sitúa por encima del 90%. En las internas, en 1999, votó el 54% de los habilitados; en 2004 la participación fue aún menor: 46%.
Además del candidato presidencial único de cada partido, en las internas también se escogen las convenciones nacionales y departamentales de los partidos, que se integran por representación proporcional. Estos organismos tienen peso diferente en cada agrupación. Para algunos es la instancia máxima de selección de autoridades, para otros, una mera formalidad, ya que tienen otros mecanismos para ello.
No obstante, la convención nacional se vuelve muy importante en caso que ningún precandidato obtenga la mayoría absoluta (más del 50% de los votos) o más del 40% de los votos con una diferencia de por lo menos 10% con el segundo. Ante esta situación, la Constitución establece que el candidato único del partido debe ser proclamado por la convención, y esta proclamación no necesariamente debe respetar los resultados electorales. En las internas previas nunca se llegó a esta situación, ya que todos los candidatos que ganaron las respectivas internas lo hicieron con holgura suficiente sobre sus adversarios.
Fuente: Corte Electoral