El próximo lunes 7 de agosto, a las 18:00 horas en el Salón de Eventos Especiales del Palacio Legislativo, en la capital del país, se realizará el acto de constitución del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay-Brasil. A este acto asistirá el Embajador de Brasil en Uruguay, Marcos Leal Raposo Lopes, y parlamentarios brasileños.
Por el Parlamento de Uruguay, el grupo estará integrado por los siguientes legisladores: diputado Marne Osorio (Partido Colorado); senador Charles Carrera (Frente Amplio); diputada Valentina Dos Santos (Partido Nacional); senador Raúl Batlle (Partido Colorado); senador Sergio Botana (Partido Nacional); diputada Lucía Etcheverry (Frente Amplio); diputado Luis Gallo (Frente Amplio); diputado Nicolás Lorenzo (Frente Amplio); senador Guido Manini Ríos (Cabildo Abierto); diputado Gonzalo Onetto (Partido Nacional); diputado Daniel Peña (Partido de la Gente); diputado Iván Posada (Partido Independiente) y el diputado Diego Reyes (Frente Amplio).
Los Grupos de Amistad Interparlamentarios son órganos de trabajo interno del Parlamento uruguayo, cuyo propósito es contribuir con otros países al mutuo entendimiento político y a un estrechamiento de la cooperación en los campos: social, económico, comercial, cultural y político.
Pueden constituirse con aquellos países con los que la República Oriental del Uruguay mantiene relaciones diplomáticas o consulares, así como con aquellos organismos internacionales de los cuales Uruguay es miembro, como por ejemplo la UNESCO.
El Parlamento de Uruguay ha constituido Grupos de Amistad Interparlamentarios con sus pares de Alemania, Argentina, Armenia, Australia, Canadá, Chile, China, Corea del Sur, Cuba, Ecuador, Estados Unidos, España, Finlandia, Francia, Gran Bretaña e Irlanda, India, Irán, Israel, Italia, Japón, México, Nueva Zelanda, Perú, Portugal, Rusia, Turquía y Venezuela, entre otros.
La aprobación de la iniciativa de constitución de un Grupo, por parte de una de las Comisiones de Asuntos Internacionales, ya sea de la Cámara de Representantes o el Senado, será puesta en conocimiento de su homóloga de la otra Cámara.
De existir acuerdo, se coordinará la constitución del Grupo de Amistad, y en caso de no recibir respuesta en un plazo no mayor a los sesenta días, la Comisión proponente podrá constituir el mismo con legisladores de una sola Cámara. El Reglamento de los Grupos de Amistad fue aprobado por la Cámara de Representantes el 18 de mayo de 2004 y por la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2008.