Rivera, jueves 26 de diciembre de 2024

Guaraní se presentó solicitando el primer lugar de la primera fase

En la sesión de la Divisional B, el delegado de Guaraní presentó una nota que si bien es cierto no reviste el carácter de denuncia, solicita que se le declare campeón de la rueda clasificatoria.
La nota expresa lo siguiente:

“Señor Presidente de la Liga Departamental de Fútbol de Rivera.
Ing. Agr. Franklin Aliano.
De nuestra mayor consideración:
Los que suscriben presidente y secretario del club Guaraní, venimos por este intermedio a expresar nuestra disconformidad con las decisiones tomadas por la institución que Ud. preside, en virtud de los hechos y derechos que pasamos a exponer:
Hechos.
1. Con fecha siete de mayo de dos mil trece, en sección ordinaria del Consejo Directivo de la Divisional B, presidida por el Sr. Edgar Rainieri y con la presencia de los neutrales Ariel Vettorello y Luis Mario Leites, y los delegados representantes de la instituciones Rampla Juniors, Rivera Wanderers, Frontera Rivera Chico, Deportivo Colina, Ansina, Nacional y Plaza Carreta, se fijan los detalles correspondientes a la décima fecha de la rueda clasificatoria, en la cual no se le fija el partido al club Cerro.
2. En esta sesión el presidente Sr. Edgar Rainieri pone en conocimiento de los clubes los motivos por los cuales no se le ha fijado la fecha al club Cerro, y en ese momento se le adjudican los puntos al Club Rampla Junior palabras textuales (El presidente deja constancia y a la vez pone en conocimiento de los clubes, que el club Cerro aún no ha abonado íntegramente la primera cuota de re-afiliación a la liga y que por ello, mantiene la suspensión hasta tanto no efectivice el pago. En virtud de ello, no se le fija partido y se lo adjudican los puntos a su ocasional adversario, Club Rampla Junior) (ver acta Nº 014/13).
3. Con fecha catorce de mayo de dos mil trece, en reunión del consejo directivo nuestra institución solicita que se eleve en consulta los antecedentes al tribunal competente a los efectos de que emitirá su opinión o interpretación al respecto, en virtud de que nuestra institución entiende que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 63 del reglamento general, todos los encuentros fijados y que hubieran sido suspendido por motivos de fuerza mayor, deberá se jugado al final de la rueda en las mismas condiciones que se había fijado.
Derechos.
Fundamos nuestros derechos en lo dispuesto por el Art. 63 y concordantes del reglamento general. Por todo lo expuesto y lo dispuesto por el reglamento, solicitamos que:
I. Que se de cumplimiento a lo dispuesto en acta 014/13 y Art. 63 del Reglamento General.
II. Que se declare al Club Guaraní campeón de la primera rueda clasificatoria, por ser el único en llegar al final de la misma con mayor cantidad de puntos (28).
III. Solicitamos que se adjunte a la presente copia del acta 014/13 de fecha siete de mayo de dos mil trece”.

Y firman la nota los representantes legales de la institución. De acuerdo a lo resuelto, pasa al Tribunal de Penas a su Resolución.

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