Rivera, martes 7 de mayo de 2024
Juan y Mateo, en varones, y María y Emma, en niñas, son los preferidos...

Registro Civil divulgó los nombres más elegidos para recién nacidos en el 2023

El Ministerio de Educación y Cultura, a través de la Dirección Nacional de Registro Civil (DNREC), antes Dirección General del Registro de Estado Civil, compiló los datos reunidos durante el 2023 en Uruguay sobre la cantidad de matrimonios y los nombres más elegidos en el país que hubo en el 2023.
Entre los nombres femeninos lidera María (1.037). Le siguen Emma (649), Martina (465), Emilia (456) y Julieta (437). Entre los masculinos, los más elegidos fueron Juan (779), Mateo (524), Felipe (485), Lorenzo (379) y Benjamín (363).
En cuanto a los matrimonios celebrados en todo el país, éstos ascendieron a la suma de 8.778, según datos de la Dirección Nacional de Registro Civil. El Departamento con más matrimonios efectuados fue Montevideo, en donde 3.270 parejas se casaron civilmente; y el Departamento que menos cantidad tuvo fue Flores, con 57 uniones celebradas.
Desde enero del año pasado, los nacimientos pueden inscribirse en la oficina del Registro Civil correspondiente al domicilio de la madre del bebé, y no necesariamente en la oficina de la localidad en que el bebé nació, como ocurría antes del cambio en la normativa.
Hasta el 2023, los recién nacidos debían ser anotados en el lugar donde ocurría el nacimiento en un plazo no mayor a diez días. Este cambio facilita considerablemente el trámite para las personas que viven en localidades pequeñas.
A partir de enero del año pasado, también, los matrimonios pueden realizarse en cualquier punto del país, con independencia de donde viva la pareja y sin ningún tipo de restricción. Esto permite mayor libertad de elección para quienes se casan y abre oportunidades laborales en los sitios en los que se efectúa la celebración.
La Dirección Nacional de Registro Civil cerró el 2023 con otra noticia de mucho interés para la ciudadanía: en enero de 2024 entró en vigencia una ley que indica que las oficinas públicas ya no podrán exigir partida de nacimiento para trámites en los que se presenta cédula (Art. 312 de la ley 20.212 de la Rendición de Cuentas).

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