Ejecutivo autorizó plazo para beneficios en deudas con INAC
Está vigente el plazo de ciento veinte días para acogerse a una serie de quitas y reducción de recargos e intereses por mora sobre deudas que se hayan contraído con el Instituto Nacional de Carnes.
El INAC podrá reducir los correspondientes recargos e intereses de mora aplicables, por pago contado o de conformidad al régimen de facilidades.
En caso de pago contado, las quitas de multas y la reducción de recargos e intereses por mora calculados a la fecha de su efectivo pago no podrán exceder el 50% de sus respectivos montos.
En caso de facilidades de pago, las quitas de multas y la reducción de recargos e intereses por mora calculados a la fecha de celebración del respectivo convenio no podrán exceder el 30% de sus respectivos montos. El monto resultante podrá ser pagadero hasta en treinta y seis cuotas calculadas en UR, con un interés anual del 6% hasta la extinción total de la obligación.
El otorgamiento de las facilidades de pago no obstará el mantenimiento de las medidas adoptadas en el juicio ejecutivo promovido por el Instituto Nacional de Carnes contra el deudor a fin de asegurar el cobro de la multa objeto del régimen de facilidades previsto en la ley.
Los convenios de pago suscritos al amparo del régimen de facilidades previsto en la ley de referencia caducarán por falta de pago de dos cuotas sucesivas. De ocurrir, se hará exigible la totalidad del saldo impago mediante el inicio o la continuación de los procedimientos de ejecución.