Rivera, jueves 16 de mayo de 2024

Mercadería en presunta infracción aduanera incautada por Policía Caminera en Tacuarembó

Siendo la hora 2:30 del pasado sábado 22, en momentos que funcionarios del Destacamento de la Dirección Nacional de Policía Caminera de Tacuarembó realizaban un operativo en el kilómetro 386 de Ruta 5, avistan una camioneta con actitud sospechosa, por lo que proceden a hacerle un seguimiento, deteniéndole la marcha en el kilómetro 374 de Ruta 5. La camioneta era conducida por M.F.S.A., oriental, soltero, de 30 años, quien llevaba como acompañante a B.C.D.S., oriental, soltero, de 28 años, ambos domiciliados en Rivera.
Enterada la Fiscal de Primer Turno de Tacuarembó, dispuso: “Relevamiento de la mercadería y vehículo por Policía Científica, valoración por Aduanas, acta por Artículo 61 del CPP a ambos ocupantes del vehículo previa lectura de derechos, mercadería y vehículo a disposición de juez con competencia en Aduanas, emplazados ambos ocupantes del vehículo a Fiscalía con asistencia letrada, cursar número de novedad, incautación del celular para pericia correspondiente por Policía Científica”.
La mercadería incautada es la siguiente: treinta cajas de cerveza de 24 unidades de 355 mililitros cada una; once cajas de pollo suprema de 18 kilogramos cada una; cien cajillas de cigarrillos; doce litros de leche; tres paquetes de panceta total 12 kilogramos; diez kilogramos de papa “palha”; tres ventiladores de 18”; doce litros de whisky etiqueta roja; doce botellas de energizante de 2 litros cada una; treinta y seis cajas de pudín de 50 gramos cada una; tres panes de sándwich de 500 gramos cada uno; dos quesos cheddar de 2,27 kilogramos cada uno; seis cajas con 6 unidades de desodorante en aerosol de 250 ml cada uno; ocho cajas de desodorante 50 ml con 12 unidades cada una.
Se realizó la incautación del vehículo, mercadería y celular bajo inventario. El pasado domingo, a la hora 14:00, la Juez con competencia en Aduanas, dispone: “Liberar la camioneta por infracción aduanera. Enterar al ministerio público por si van a dejar incautado el vehículo por procedimiento penal. Alcohol y cigarros trasladar a retención judicial Aduanas en Rivera. Ventiladores entrega conforme Art. 240 del Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay (CAROU) a INAU de Tacuarembó. Cajas de pudín entrega conforme a Art. 240 del CAROU a Escuela de Verano de Tacuarembó. Desodorantes entrega conforme Art. 240 del CAROU a INAU Tacuarembó”.
Por último, la Fiscal Letrado de Tacuarembó dispone: “Continúe incautado el vehículo hasta que se presente el dueño con la documentación correspondiente del vehículo”.

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