Rivera, lunes 20 de enero de 2025

Se eliminan los idóneos como responsables de las selecciones en Campeonatos Nacionales

Uno de los puntos tratados en el Congreso Ordinario de la OFI en el mes de setiembre en la ciudad de Artigas, está referido al Consejo Técnico Sector Entrenadores de acuerdo a lo resuelto oportunamente por el propio Ejecutivo de la OFI.
La propuesta de Soriano interior establece la eliminación de la palabra idóneo del Capítulo VI del Reglamento de la OFI referido a la actividad del Sector Entrenadores.
En la exposición de motivos se señala que considerando que el Estatuto de la OFI dispone entre sus cometidos “promover la práctica del fútbol incentivando la formación de árbitros y cursos de desarrollo de Directores Técnicos, así como del contexto del Capítulo 6 del Reglamento.
Que el Consejo Ejecutivo de la OFI en sesión del 29 de mayo del año pasado en atención a la mejora técnica y de formación de jugadores, resolvió que en los torneos Sub-15 se exija que los directores técnicos de selecciones y de clubes que intervengan en las Copas organizadas por OFI, deben tener aprobado por lo menso el Primer Nivel de los cursos dictados por la Organización y que a partir del Torneo Sub-15 del año 2013 se exige el Segundo Nivel (Circular 2072).
De lo que viene a decirse resulta ineludible que para integrar el Consejo Técnico Sector Entrenadores debe acreditarse fehacientemente mediante título habilitante la idoneidad requerida para ello no dejando librado a una situación de hecho, tan distinguida aptitud para el ejercicio y conducción del Consejo Técnico.
Por lo expuesto resulta necesario y conveniente eliminar el término idoneidad de la disposición citada.
Asimismo se considera conveniente se prevea para el futuro que la idoneidad del Entrenador de Fútbol pueda llegar a ser acreditada por otros institutos habilitados no previstos actualmente en la normativa motivo por el cual se considera agregar tal previsión.
La ponencia concreta establecía la eliminación de la palabra idóneo y la redacción correcta establecería, de aprobarse:
“Para ser integrante del Consejo Técnico Sector Arbitrajes se debe cumplir con las siguientes condiciones:
1. Tener 25 años o más de edad y no integrar en el mismo período el Consejo Ejecutivo.
2. Entrenador de fútbol, egresado de OFI, ISEF, IUACJ u otro instituto habilitado.
El tema deberá ser analizado por delegados de las Ligas del país y seguramente, en este caso, se aprobará.

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