Rivera, miércoles 4 de diciembre de 2024
Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres:

“Queremos garantizar que cuando haya una huelga, el trabajador que no adhiera a ella tenga derecho a trabajar”

Luego de comparecer ante la Comisión Especial de la Cámara de Diputados que analiza la Ley de Urgente Consideración, para responder acerca de los aspectos de la norma sobre relaciones laborales y seguridad social, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres, y el subsecretario de la Cartera, Mario Arizti, brindaron una conferencia de prensa.
“Hemos comparecido ante la Comisión Especial para el debate sobre la Ley de Urgencia para responder con respecto al capítulo referido a las relaciones laborales y la seguridad social”, señaló el ministro, y destacó los tres puntos que se abordaron: La norma sobre el derecho de huelga, la reforma de la seguridad social, donde manifestó que se aspira a que “a mediados del año próximo el Parlamento dé inicio a un debate sobre un proyecto de ley de reforma de la seguridad social que a nuestro modo de ver resulta urgente y necesario”.
Y como tercer punto añadió: “una modificación de los requisitos que se establecen para postular candidaturas a la elección de representantes sociales del Banco de Previsión Social”.
Consultado por qué y quiénes determinarán cuándo la huelga será pacífica, el jerarca respondió: “El derecho a huelga está garantizado en la Constitución y va a seguir ocurriendo de la misma manera que siempre. La calificación de pacífica tiene que ver con la licitud de la huelga”.
“Si una medida gremial de huelga se convierte en violenta incurre en una violación del orden jurídico y, por lo tanto, se vuelve ilícita, pero no es ninguna novedad. Queremos garantizar que cuando haya una huelga, el trabajador que no adhiera a ella tenga derecho a trabajar”, agregó.
Con respecto a si están permitidas las ocupaciones en los lugares de trabajo, Mieres señaló que “cuando se haya aprobado esta norma, una ocupación que no afecte el derecho del trabajador no huelguista a trabajar, que no impida que los directores de un emprendimiento puedan acceder libremente a las instalaciones de su empresa, no está prohibida por la norma”.
Por su parte, Arizti también se refirió a dicha norma y añadió que “Lo que hace es consagrar que cualquier modalidad de huelga tenga presente que tiene que garantizar el trabajo del trabajador no huelguista y de la dirección de la empresa. Es algo más genérico, garantiza derechos que ya están consagrados en nuestra Constitución”.
Además de Mieres y Arizti, acudieron a la convocatoria de la comisión de diputados, la directora general de Secretaría del MTSS, Valentina Arlegui, el director y la subdirectora nacional de Trabajo, Federico Daverede y Elena Grauert, y el director nacional de Seguridad Social, Daniel García Zeballos.

Deja un comentario