Rivera, sábado 18 de mayo de 2024

Presidente Lacalle Pou firmó decreto de rebaja de IMESI para combustibles en estaciones de frontera

El Presidente de la República, Luis Lacalle Pou, firmó un decreto estableciendo una reducción del IMESI (Impuesto Específico Interno), que fue establecido en un 30%, según adelantó en las redes sociales el Intendente Departamental de Paysandú, Nicolás Olivera. El decreto entrará a regir a partir del 1 de mayo.
Se trata de “el monto del impuesto específico interno correspondiente a la enajenación de nafta hasta un 30% del precio de venta”, dice el documento. Se alega en el decreto, que la rebaja es “como consecuencia de los precios relativos a las naftas en la región”. Cabe consignar que actualmente la rebaja es del 24%.

EL TEXTO DEL DECRETO

VISTO: el artículo 38 de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, y los Decretos Nº 398/007, de 29 de octubre de 2007, y sus modificativos;
RESULTANDO: I) que la referida norma legal faculta al Poder Ejecutivo a reducir el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) por unidad física de combustibles líquidos cuando las enajenaciones de tales bienes cumplan con determinadas condiciones;
II) que las normas reglamentarias señaladas establecieron el monto de la reducción, y las condiciones requeridas para acceder al beneficio fiscal;
CONSIDERANDO: que es necesario modificar la reducción del Impuesto Específico Interno (IMESI), como consecuencia de la modificación de los precios relativos de las naftas en la región;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, el Presidente de la República decreta:
ARTÍCULO 1º. Sustitúyese el primer inciso del artículo 1º del Decreto Nº 398/007, de 29 de octubre de 2007, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto Nº 149/016, de 30 de mayo de 2016, por el siguiente: ‘ARTÍCULO 1º. Redúcese el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la enajenación de naftas en hasta un 30% (treinta por ciento) del precio de venta’.
ARTÍCULO 2º. Lo dispuesto en el presente Decreto entrará a regir a partir del 1º de mayo de 2022.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese”.

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