Rivera, jueves 21 de noviembre de 2024
Para quienes realizan el traslado departamental o solicitan el documento por primera vez...

Oficina Electoral atenderá de 9:00 a 24:00 en el último día habilitado para trámite de credencial

A la hora 24:00 de hoy, lunes 15 de abril, vencerá el plazo para los electores que deseen realizar el traslado de Credencial departamental o para los jóvenes que solicitan la Credencial Cívica por primera vez. Deberán tramitar el documento los jóvenes que cumplan los 18 años antes del domingo 11 de mayo de 2025, fecha de las elecciones departamentales.
En ese sentido, las Oficinas de la Corte Electoral de todo el país trabajarán hoy con horario extendido, desde las 9:00 de la mañana hasta las 24:00 horas. El trámite para sacar el documento se realiza de forma gratuita y sin agenda previa en cualquier oficina de la Corte Electoral de todo el país. Quienes deseen tramitar la credencial deberán concurrir con cédula de identidad y la partida de nacimiento.
Justamente, debido a que es necesario contar con la partida de nacimiento, la Oficina de Registro Civil de la Intendencia Departamental de Rivera estará trabajando el día de hoy, lunes, en horario especial extendido, que irá desde las 8:15 hasta las 19:00 horas. La Oficina de Registro Civil de Tacuarembó también trabajará en horario extendido, desde las 10:00 y hasta las 18:00 horas. En ambas oficinas, dicho trámite no tiene costo.
Si el trámite no se hace en fecha, no se podrá sacar la credencial y no se podrá participar de ningún acto eleccionario hasta después de mayo de 2025, ya que el registro cívico cerrará a medianoche y reabrirá recién en el mes de julio de 2025. Cabe destacar que, en el caso de los traslados interdepartamentales de credencial, el plazo vence el próximo martes 30 de abril.

REQUISITOS PARA EL TRÁMITE

Requisitos generales:
• Tener 18 años de edad al día que se celebren las próximas elecciones departamentales (segundo domingo del mes de mayo del año siguiente a la Elección Nacional).
• Documento público o privado conteniendo fotografía, que acredite su identidad y en el que figuren los mismos datos patronímicos de su partida de nacimiento. Por ejemplo, la cédula de identidad.

Requisitos según cada caso:
• Si es nacido dentro del territorio de la República: Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (expedidos por el Registro de Estado Civil o la Intendencia Departamental respectiva).
La partida de nacimiento es gratuita para tramitar la obtención de la credencial cívica.
• Si es nacido fuera del territorio de la República, hijo de padre o madre uruguayos (u “orientales”):
Testimonio de Partida de Nacimiento visada, legalizada y, si correspondiere, traducida por Traductor Público o testimonio de la inscripción de su nacimiento en el libro de extranjeros del Registro de Estado Civil.
Testimonio de Partida de Nacimiento de su padre o madre uruguayo (u oriental).
Certificado de avecinamiento, expedido por la Corte Electoral durante el período inscripcional vigente.
• Si es ciudadano legal:
Carta de Ciudadanía, expedida por la Corte Electoral, con más de tres años de otorgada.
• Si es extranjero, no es ciudadano legal y no desea obtener la ciudadanía legal:
Certificado de Residencia, expedida por la Corte Electoral.

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