Del BPS sobre la apertura de cambios de prestador de salud
Entre los días 1 y 28 de febrero del 2015, los afiliados amparados por el Seguro Nacional de Salud: Trabajadores, Jubilados, sus cónyuges o concubinos y menores de 18 años o mayores con discapacidad, que al 31 de enero tengan 3 o más años de afiliación a una misma institución de asistencia médica, podrán cambiarse de prestador de salud, pasando a otra institución de las incluidas en el Sistema Nacional Integrado de Salud.
El trámite deberá realizarse personalmente, en los locales de la nueva Institución que elija.
No es necesario concurrir a las oficinas del BPS, sino que se debe concurrir directamente a ASSE, la mutualista, o seguro privado integral que se elija.
Para el cómputo del plazo de tres años, se tomará en cuenta la fecha de afiliación más antigua. Si existieran en el período interrupciones superiores a los 120 días tomadas en forma individual, se computará a partir del vencimiento de esta interrupción, anulando de este modo el conteo de los períodos de afiliación anteriores.
No podrán hacer uso de esta opción aquellos afiliados que por disposición legal deban tener un tiempo de permanencia mínima en una institución, mientras no cumplan el mismo.
También podrán cambiar de prestador en el mismo plazo, los trabajadores y los conyugues o concubinos que fueron registrados de oficio en la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE).
Los docentes de Enseñanza Primaria y Secundaria que, cumpliendo con las condiciones referidas, no tengan actividad en el mes de febrero de cada año podrán hacer reserva del derecho a cambiar de prestador por 30 días corridos contados a partir de la subsiguiente alta laboral.
Los cambios realizados entre el 1 y el 10 de febrero tendrán vigencia a partir del mes de febrero y los que se realicen a partir del 11 de febrero, regirán a partir del 1 de marzo.