Rivera, lunes 17 de noviembre de 2025

Congreso de Intendentes aprobó por unanimidad los valores de la patente de rodados para 2026

El Congreso de Intendentes aprobó el pasado viernes, en su 6ª Sesión Plenaria Extraordinaria, el régimen de tributación que regirá para la patente de rodados durante el año 2026. La resolución, adoptada por unanimidad, introduce ajustes significativos en diversas categorías de vehículos e incorpora criterios tributarios actualizados para el próximo ejercicio.
En la categoría A, correspondiente a automóviles, se fijó una alícuota del 5% sobre el valor de mercado sin IVA para los vehículos cero kilómetro, mientras que los usados tributarán el 4,5% sobre el mismo valor. En el caso de los automóviles eléctricos, la patente para unidades cero kilómetro se calculará con una alícuota del 3%, y para los eléctricos usados -empadronados hasta el 31 de diciembre de 2025- será del 2,25%. Para los vehículos fabricados antes de 1991 se establecieron valores fijos, que van desde $ 0 para los modelos anteriores a 1975 hasta $ 8.770,10 para los modelos comprendidos entre 1986 y 1991.
Los camiones (categoría B) mantendrán un esquema simplificado, con una alícuota del 1,3% del valor de mercado tanto para empadronamientos cero kilómetro como para unidades usadas. Aquellos vehículos no unificados hasta 2013 tributarán en 2026 el mismo valor que en 2025, sin ajuste por IPC.
En la categoría C, correspondiente a motos y asimilados, los vehículos cero kilómetro a partir de 500 cc pagarán una alícuota del 5% del valor de mercado sin IVA, mientras que las unidades de hasta 499 cc deberán ajustarse a lo que determine la Intendencia donde se registre el primer empadronamiento. En el caso de las motos usadas, las de 500 cc empadronadas entre 2024 y 2025 tributarán el 4,5% del valor de mercado, y las de menor cilindrada o empadronadas hasta 2023 actualizarán la patente del año 2025 según la variación del IPC.
La categoría E, que incluye zorras, remolques, trailers y maquinaria agrícola o vial, también presenta ajustes. Para los vehículos cero kilómetro se aplicará una alícuota del 2,5% sobre el valor de mercado sin IVA, determinada según el peso bruto total.
Sobre ese monto se otorgará una rebaja del 32%, estableciéndose como límite inferior el valor que correspondió a vehículos del mismo peso empadronados en 2025. Los usados empadronados al 31 de diciembre de 2025, y aquellos inscriptos durante 2026, tributarán un 2,25% sobre el valor de mercado vigente al 30 de setiembre de 2025, también con una rebaja del 32%.
Permanecerán sin ajustes los vehículos no incluidos en la unificación de 2013, que pagarán en 2026 lo mismo que en 2025. Además, se mantiene la exoneración para zorras y remolques con un peso bruto total igual o menor a 250 kilogramos. En cuanto a la maquinaria agrícola, industrial y casas rodantes sin propulsión propia, tributarán los mismos montos que en 2025, incrementados únicamente por la variación anual del IPC.
Para el cálculo de la patente se utilizarán como parámetros un tipo de cambio promedio de $ 41,826 por dólar -correspondiente al período octubre 2024-setiembre 2025-, un IPC anualizado del 4,25% al 30 de setiembre de 2025 y una incidencia del dólar del 6,04%.
El documento aprobado también incluye disposiciones adicionales relativas a exoneraciones tributarias, procedimientos de certificación para el Permiso Único Nacional de Conducir, casas rodantes con propulsión propia y normas sobre prescripción de multas y tributos. Se mantienen vigentes las exoneraciones otorgadas antes del año 2012, aplicables únicamente a vehículos empadronados hasta esa fecha.
Con este régimen, el Congreso de Intendentes busca actualizar los criterios de tributación y garantizar un esquema más claro y homogéneo para los contribuyentes de todo el país de cara al próximo año.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *