Rivera, viernes 22 de noviembre de 2024

MSP da a conocer nuevas normas sobre el uso del tapabocas en espacios abiertos y cerrados

El Ministerio de Salud Pública (MSP), a través de un comunicado difundido en la jornada de ayer, actualizó las medidas sobre el uso del tapabocas, las que ya comenzaron a regir en la jornada de ayer, miércoles 13 de octubre, como etapa de transición ante los números de la pandemia.
Las nuevas normas se refieren a su uso en tres situaciones diferentes: en espacios abiertos, en espacios cerrados y en los eventos, tomando en cuenta factores como la aglomeración y el haber completado la vacunación o no.
El primer punto del comunicado expresa que, en la vía pública y espacios abiertos, sin considerar los eventos organizados, no será necesario utilizar el barbijo. Sin embargo, si son sitios muy concurridos o con aglomeración de personas se exhorta a su uso.
Con la finalidad de aclarar las nuevas disposiciones el MSP ejemplificó con casos prácticos. Por ejemplo, se expresa que en ferias vecinales o como público de una competencia deportiva o en los estadios, lugares donde se aglomeran personas sí se deberá usar la mascarilla.
En cuanto a los espacios cerrados en todo evento que implique aglomeración de personas con la pauta vacunatoria completa se recomienda su uso. Lo mismo sucederá si los eventos se realizan en espacios abiertos con aglomeración. Para estos casos, se deberá asegurar, además, la distancia mínima de seguridad interpersonal.
El tercer caso planteado por el Ministerio de Salud es el de los eventos que puedan implicar aglomeración de personas y cuando no todos los asistentes tengan la vacunación completa. En este caso el uso de la mascarilla facial es obligatoria, independientemente que el evento se realice en espacios cerrados o abiertos muy concurridos. También en estos casos, se deberá asegurar la distancia mínima de seguridad interpersonal.
El Ministerio de Salud Pública recuerda que en los espacios cerrados y lugares de trabajo se mantiene el protocolo que exige el uso del tapabocas. El texto completo del comunicado expresa:
(A) En la vía pública y espacios abiertos, sin considerar los eventos organizados, no será necesario utilizar mascarilla facial. En sitios muy concurridos o con aglomeración de personas como, por ejemplo: ferias vecinales, paseos de compras al aire libre, etc. sí se exhorta a su uso. Ej.: Para caminar o correr por la calle o la rambla no se debería usar mascarilla. Pero en una feria vecinal, o como público espectador a una competencia deportiva “5K” o estadios, donde se aglomeran cientos o miles de personas sí lo sería.
(B) Será recomendado el uso de mascarilla facial en espacios cerrados en todo evento que pueda implicar la aglomeración de personas, cuando se asegure que los asistentes tengan todos administrada la pauta vacunal completa, como así también en espacios abiertos si ocurriere igual condición (eventos muy concurridos o de gran aglomeración). Para estos casos, se deberá asegurar, de todas formas, distancia mínima de seguridad interpersonal.
(C) Será obligatorio el uso de mascarilla facial en espacios cerrados en todo evento que pueda implicar la aglomeración de personas, cuando no todos los asistentes tengan administrada la pauta vacunal completa, como así también en espacios abiertos si ocurriere igual condición, (eventos muy concurridos o de gran aglomeración). Para estos casos, se deberá asegurar, de todas formas, una distancia mínima de seguridad interpersonal con respecto a otras personas.

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