Rivera, domingo 24 de noviembre de 2024
Plantea seis nuevos escenarios, en función de la cantidad de vacunas recibidas...

Ministerio de Salud Pública fijó nuevos criterios de aislamiento por COVID-19

El Ministerio de Salud Pública (MSP) publicó una ordenanza con los nuevos criterios de aislamiento preventivo (cuarentena) para casos positivos de COVID-19. Como criterio general, se baja la cantidad de días de aislamiento en casos de personas con tres dosis de la vacuna contra el COVID.
A continuación, el detalle fijado por el Ministerio de Salud Pública en la jornada de ayer, miércoles 5 de enero, con base en la situación actual epidemiológica y la cantidad de personas vacunadas con dos y tres dosis.
Deberán guardar aislamiento social preventivo:
1) Durante 7 días, aquellas personas que, vacunadas con tres dosis y habiendo transcurrido más de siete días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19, sean o no sintomáticas;
2) Durante 10 días, aquellas personas que, vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido menos de 180 días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19 y sean sintomáticas;
3) Durante 7 días, aquellas personas que, vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido menos de 180 días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19 y sean asintomáticas;
4) Durante 10 días, aquellas personas que, no vacunadas o vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de 180 días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19, sean sintomáticas, obtengan resultado negativo de test de antígeno realizado al décimo día de diagnóstico de la enfermedad, y hayan permanecido las últimas 72 horas sin fiebre ni síntomas respiratorios;
5) Durante 14 días, aquellas personas que, no vacunadas o vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de 180 días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19, sean sintomáticas, no realicen el test de antígeno referido en el literal anterior y hayan cumplido las últimas 12 horas sin fiebre ni síntomas respiratorios;
6) Durante 10 días, aquellas personas que, no vacunadas o vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de 180 días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19, sean asintomáticos.

CASOS ESPECIALES
En los casos de personas con inmunodepresión demostrada (inmunodeficiencia primaria o secundaria a enfermedades -VIH, linfopatías, etcétera-, o a tratamientos -quimioterapia, inmunosupresores, corticoides en dosis moderadas) el plazo de aislamiento se podrá extender a 21 días, de acuerdo a la indicación dispuesta por el médico tratante, dice la ordenanza del MSP.
En el caso de los pacientes hospitalizados con cuadros severos o críticos, la extensión se podrá prolongar hasta los 28 días, de acuerdo a la indicación dispuesta por el médico tratante, agrega el Ministerio de Salud Pública.

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