Rivera, miércoles 27 de noviembre de 2024

Uruguay inicia instancia de vacunación contra fiebre aftosa para bovinos nacidos en 2022 y 2023

Entre el 15 de junio y el 15 de julio, se vacunará contra la fiebre aftosa a los bovinos nacidos en 2022 y 2023, informó el Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Fernando Mattos. Para ello, la cartera importó 5.000.000 de dosis. Esto “permite mantener el estatus sanitario y acceder a los principales mercados internacionales”, subrayó el jerarca, en una conferencia de prensa, este 14 de junio.
Mattos indicó, junto con los representantes de Servicios Ganaderos, Jorge Viera, y Sanidad Animal, Martín Altuna, que es la segunda cobertura para los terneros nacidos en 2022 y 2023, y mencionó que la primera se brindó durante los meses de marzo y abril, para la totalidad del rodeo bovino del país.
Asimismo, destacó que la vacunación es obligatoria por ley y que este acto se constata en el monitoreo de sangrado de circulación viral, a través de muestras aleatorias en animales para comprobar el nivel inmunitario. El ministro puntualizó que una protección sólida en bovinos mantiene el estado sanitario del rodeo nacional respecto a esa enfermedad y que la inoculación permite acceder a los mercados cárnicos internacionales.
Sostuvo también que la vacuna es proporcionada por la citada secretaría de Estado y que los productores deben presentar una declaración jurada al 30 de junio del 2022, la planilla de control sanitario actualizada con el formulario de entrega, una conservadora con hielo o refrigerante y la cantidad de dosis requerida.

DETALLES DE LA VACUNACIÓN
Por la situación epidemiológica actual de la región -el último foco se detectó en Paraguay en 2012-, se considera innecesaria la inoculación, en el presente período, de los animales nacidos en 2021. Los de 2022 y 2023 con destino a faena podrán ser movilizados con las vacunaciones del último período o los dos anteriores. A partir del 16 de julio de 2023, deberán haber pasado 10 días de inoculados con la dosis correspondiente al período junio-julio de 2023.
Entre el 15 y el 25 de junio, no se permite trasladar a estos bovinos, y, a partir del 26, solo podrán serlo los nacidos en 2022 y 2023, vacunados con, por lo menos, 10 días de anticipación. Además, no se autoriza la realización de remates en ferias y exposiciones, entre otros.
Mattos añadió que se puede desarrollar eventos con cambio de propiedad que no impliquen movimiento de animales (remates por pantalla o virtuales), dentro del período comprendido entre el 15 y el 25 de junio.

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