Por inundaciones, MGAP habilitó pastoreo callejero de animales en la Seccional 8ª de Rivera
La persistencia y variabilidad de la situación climática imperante, susceptible de causar perjuicios graves a los productores agropecuarios en virtud del riesgo de pérdida de ganado y propagación de enfermedades, ha afectado extensas zonas del país. Debido a ello, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca habilitó el pastoreo callejero de animales en quince seccionales policiales de los Departamentos de Rivera, Rocha, Durazno y Treinta y Tres.
Mediante la resolución Nº 170/019, la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) autoriza a la División Sanidad Animal, a través de sus Oficinas Zonales y Locales competentes, a extender autorizaciones a pastoreo de animales en la vía pública, a solicitud de los productores ganaderos cuyos establecimientos se encuentren afectados por la situación climática adversa, en las siguientes zonas: Seccional Policial 8ª del Departamento de Rivera; Seccionales Policiales 2ª, 3ª, 4ª, 11ª, 12ª, 13ª y 15ª del Departamento de Durazno; Seccionales Policiales 2ª, 3ª, 4ª, 6ª y 9ª del Departamento de Rocha; y Seccionales Policiales 3ª y 7ª del Departamento de Treinta y Tres.
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca establece en un comunicado que considerando “la situación climática imperante, amerita la aplicación de las medidas de excepción dispuestas por la normativa precitada, a establecimientos ubicados en las zonas principalmente afectadas”. Desde el MGAP creen conveniente “extender autorizaciones a los productores afectados, para pastoreo de animales en la vía pública, durante el término de 30 días en las zonas mencionadas precedentemente”.