Rivera, viernes 8 de noviembre de 2024

Trazabilidad: Plazo hasta el 15 de julio para realizar el Control de Campo Obligatorio

El Ing. Agr. Luis Bianco, integrante del Grupo Técnico de Trazabilidad, informó sobre los plazos y características del Control de Campo Obligatorio (CCO) que involucra a productores y cooperativas operadoras de Trazabilidad.
Bianco explicó que el Grupo Técnico lo integran un importante número de instituciones convocadas por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca: Asociación Rural del Uruguay (ARU), Federación Rural (FU), Comisión Nacional de Fomento Rural (CNFR), Cooperativas Agrarias Federadas (CAF), Federación Uruguaya de Grupos CREA (FUCREA), Asociación Nacional de Productores de Leche (ANPL), Asociación de Consignatarios de Ganado (ACG), industria frigorífica, Unión Europea (UE), Instituto Nacional de Carnes (INAC), Instituto Nacional de la Leche (INALE), Asociación Uruguaya de Productores de Carne Intensiva Natural (AUPCIN) y Sociedad de Medicina Veterinaria (SMV).
Funciona en la órbita del Sistema de Identificación y Registro Animal (SIRA) y lo coordina y convoca su directora, la Dra. María Nela González. El grupo ha fijado una frecuencia de trabajo mensual y se reunió por última vez en la sede de INAC.

¿QUÉ OBJETIVOS TIENE EL GRUPO?
Este es un grupo de apoyo al Ministerio en lo referente al tema de trazabilidad animal y del SIRA. El Ministerio lo creó como un ámbito donde todos los involucrados en el tema pudieran dar su opiniones, hacer propuestas y plantear inquietudes. Justamente en esta última reunión es donde la Dra. González realizó un informe sobre la situación referida al Control de Campo Obligatorio, cuyo plazo de vencimiento era el 30 de junio y recientemente se confirmó que el plazo se extendió hasta el 15 de julio de 2013.

¿QUÉ ES EL CONTROL DE CAMPO OBLIGATORIO
Y CUÁLES SON LOS PLAZOS?

Es un control de campo desde el punto de vista del Sistema de Información y Registro Animal donde se realiza una lectura electrónica de las caravanas que llevan los animales. Esta lectura es obligatoria por resolución del Ministerio y tiene por plazo el 30 de junio de 2013 (recientemente se confirmó que el plazo se extendió hasta el 15 de julio de 2013).
El CCO surge en tanto el Ministerio de Ganadería tiene dos balances de la cantidad de animales que hay en el país, uno está dado por los animales registrados en el SIRA y otro que proveniente de las declaraciones juradas de DICOSE.
Actualmente existe una diferencia importante de animales entre lo que aparece en el SIRA y en DICOSE. Por eso el objetivo del Control de Campo Obligatorio es ver cual refleja la realidad. Según la cantidad de CCO presentados (35.000), el promedio de animales en cada control (aproximadamente 120), y al ritmo de presentación de CCO/día, se estima que al vencimiento del plazo se habrán controlados unos seis millones de vacunos.

¿QUIÉNES DEBEN REALIZAR EL
CONTROL DE CAMPO OBLIGATORIO?

La resolución obliga a realizar una lectura electrónica de las caravanas de todos los animales vacunos que haya en el predio. El responsable de hacer esa lectura es el dueño del predio. A modo de ejemplo, si yo soy un tenedor de ganado sin campo, no tengo obligación, la obligación la tiene el dueño del campo.

¿QUÉ ROL CUMPLEN LAS COOPERATIVAS?
Desde el punto de vista gremial las cooperativas deben informar a sus socios productores sobre este vencimiento. En segundo lugar, las cooperativas que sean operadoras de Trazabilidad tienen la oportunidad de realizar esta lectura.
Cabe destacar que el Control de Campo Obligatorio no modifica el estatus de trazabilidad de los animales. Es decir, se pretende saber la realidad de lo que hay en cada establecimiento independientemente de su condición o estado de la trazabilidad. Por lo tanto, los productores no deberían preocuparse si en el control de campo aparecen animales con estatus de trazabilidad que no son recomendables. Lo que importa es saber cuantos animales son y donde están.
Más información: www.snig.gub.uy instructivos, listado de preguntas frecuentes. Fuente: Cooperativas Agrarias Federadas (CAF).

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