Rivera, sábado 9 de noviembre de 2024

MTOP aprueba reglamento provisorio para carga de cultivos de verano

Tras la reunión que el Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Ing. Agr. Tabaré Aguerre, mantuvo el pasado sábado en Dolores con organizaciones y empresas afectadas por distintas inclemencias, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas aprobó un reglamento para la carga de los cultivos de verano (soja, sorgo o girasol) que regirá en carácter excepcional. Este texto se aprueba en función de los problemas en las rutas y caminos afectados por los eventos meteorológicos de esta semana. El texto refiere a estacionamiento, carga, limpieza y maniobras cerca de los establecimientos rurales.
Los vehículos de carga autorizados deberán contar con sus autorizaciones y seguros obligatorios vigentes, señala el texto aprobado.
El máximo de camiones con acoplado estacionados en la banquina de la ruta será de cinco camiones, con un espacio de estacionamiento que se extenderá 200 metros frente al primer camión y 200 metros detrás del último vehículo de carga.
Si la ruta no tiene banquina, el máximo de camiones estacionados autorizados será de dos vehículos. En todos los casos de camiones parados en la ruta, se emplazarán dos banderilleros al principio y final de cada espacio de estacionamiento, cada uno con bandera, chaleco reflectivo y celular o medio de comunicación electrónico.
A diez metros delante del primer vehículo de la fila de camiones estacionados y a 10 metros del último camión deberá emplazarse dos conos reflectivos, mientras que a cien metros delante del primer vehículo y 100 metros detrás del último se instalarán carteles con la siguiente leyenda: “Peligro en los próximos 200 metros. Carga de camiones en la ruta, velocidad máxima 30 Km/h”.
Las zonas de seguridad de carga estarán lejos de alcantarillas, rampas y pendientes descendientes, con camiones ubicados del lado de la ruta donde se efectúe la carga con las luces de emergencia encendidas. La limpieza de las calzadas son de responsabilidad del cargador, dice el documento.
El incumplimiento de las disposiciones someterá a los infractores a lo dispuesto en los marcos sancionatorios correspondientes.

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