Rivera, miércoles 27 de noviembre de 2024
Hasta el 28 de febrero...

MGAP amplió plazo para inscripciones en el Registro de Productores Familiares

La Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería extendió el plazo de reinscripción en el Registro de Productores Familiares hasta el 28 de febrero. El responsable del área, Fernando Sganga, expresó que al cerrarse la lista las organizaciones recibirán beneficios tributarios y estarán habilitadas para vender sus productos al Estado.
El responsable del registro, Fernando Sganga, explicó que este listado permite vincular las distintas políticas públicas de apoyo a la producción familiar con los beneficiarios.
Señaló que en la actualidad el registro permanece vigente durante cinco años, por lo que aquellos inscriptos en 2009 deben registrarse nuevamente a fin de mantener su condición. El trámite se puede realizar en las oficinas habilitadas del ministerio o mediante los equipos Territoriales de Desarrollo Rural.
Sganga puntualizó que el Registro de Productores Familiares es una herramienta para la aplicación de políticas públicas que beneficia a quienes cumplan cuatro condiciones:
Los beneficiarios pueden contratar como máximo dos asalariados que no sean familiares. Deben trabajar hasta 500 hectáreas de campo, vivir en la tierra donde producen y, en el caso de los integrantes de la familia que no trabajen en el campo, percibir ingresos nominales inferiores a las 14 de base de prestaciones contributivas (BPC).
Sganga puntualizó que se realizan excepciones para las producciones intensivas como la fruticultura, la horticultura y la vitinicultura, rubros en que la mano de obra puede ser contratada puede por hasta 1.250 jornales zafrales anuales. En el caso de la producción apícola no se considera la condición de superficie, ni de residencia, sino que se toma en cuenta que los productores posean hasta 1.000 colmenas.
Respecto a los beneficios de los productores familiares, el entrevistado destacó que no solo son gestionados por el ministerio, sino por otros organismos del Estado.
En este sentido, puntualizó que la Dirección de Desarrollo Rural brinda asistencia técnica y apoyo a la producción. También destacó los convenios con MEVIR, el Banco República, UTE y ANTEL.
Según consideró, el principal beneficio a partir del año 2009 es la reducción de aportes patronales para las empresas rurales de menos de 200 hectáreas que no contraten mano de obra asalariada y acceda a una exoneración del 50% del aporte mínimo patronal.
En lo que concierne a las compras estatales a los productores rurales familiares a través de la ley 19. 292 promulgada el 16 de diciembre -en proceso de reglamentación-, Sganga aseguró que se prevé la generación del registro de organizaciones habilitadas a partir del registro de productores familiares.
En este sentido, precisó que en 2015 comenzará la inscripción de organizaciones que podrán vender su producción al Estado.
Por otra parte, el funcionario indicó que hasta la fecha hay unos 22.252 registros que equivalen a unos 26.000 productores familiares, que significa que hay un 90% de cobertura de acuerdo a los datos del censo general agropecuario realizado por la Junta Nacional de la Granja (DIGEGRA).

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