Rivera, jueves 28 de noviembre de 2024
“¿Gobernar para la gente o gobernar con la gente?”

Edil Gabriel Morales presenta un proyecto de participación ciudadana

El edil frenteamplista Gabriel Morales presentó en el legislativo un especial proyecto de participación ciudadana, apuntando ampliar el horizonte democrático de nuestra sociedad. En su exposición manifestó: “La sociedad que tenemos la construimos entre todas y todos. Existen infinitas variables que determinan que sociedad tenemos: espacio físico, clima, contexto histórico, económico, social, cultura, etcétera”.
“El ser humano por naturaleza es ciudadano y por la tanto es un ser político. Día a día escuchamos: La política es para los políticos. Los políticos son todos iguales, vienen cuando nos necesitan, luego de que se acomodan se olvidan de la gente, hay que manguear los, etc. En el imaginario y en la realidad de los ciudadanos, ocupar un lugar en la política institucional es tener una cuota de poder”, dijo.
Agregó que “humildemente, creo, que el verdadero y único poder que se debe tener, es poder ser integrantes y generadores del proceso educativo que haga a hombres y mujeres de nuestro pueblo, sujetos capaces de apropiarse, transformar y mejorar la realidad de nuestra sociedad, donde las únicas diferencias que existan entre los ciudadanos sean sus talentos o virtudes como marca nuestra constitución en su artículo 8 del capítulo primero”.
“Como elemento estratégico en busca de una sociedad más solidaria, más respetuosa con los que son diferentes, favorecer los vínculos sociales, es que planteo la creación de la ordenanza: Participación Ciudadana en la Formulación de Políticas Públicas”, concluyó.

ANTEPROYECTO DE ORDENANZA: PARTICIPACIÓN
CIUDADANA EN LA FORMULACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS

Artículo 1º) Declárase de interés departamental la participación ciudadana en la formulación de políticas públicas.
Articulo 2º) El primer lunes de cada mes el intendente junto a sus directores generales recibirá a la ciudadanía. De esta manera se distribuirá cada asunto de acuerdo a la competencia de cada dirección.
Articulo 3º) Todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, podrán acercar sus propuestas, inquietudes, problemas, etcétera.
Artículo 4º) En los municipios sesionará con el alcalde y los concejales. De la misma manera en las juntas locales, con sus autoridades.
Articulo 5º) Junto a los directores generales actuaran un edil o suplente de edil de cada partido político con representación en la junta departamental. El coordinador de bancada informará quien va en representación de su partido.
Artículo 6º) El Gobierno Departamental deberá actuar coordinadamente con los demás organismos públicos en general a los fines de alcanzar los objetivos locales planteados que surjan de la normativa y de los planes de gestión.
Artículo 7º) El gobierno departamental fomentará y coordinará actividades con organizaciones no gubernamentales, asociaciones comunitarias, clubes sociales, comisiones vecinales y cualquier colectivo que tengan como objetivo la participación ciudadana.
Artículo 8º) Mensualmente se hará la devolución correspondiente a la ciudadanía.
Artículo 9º) El ámbito territorial de aplicación de la presente norma alcanza a todo el territorio departamental.

Deja un comentario