Rivera, lunes 23 de diciembre de 2024

Síntesis policial: Hurtos y procesamientos

HURTO. De una finca de calle Domingo A. Lor y A. Márquez en un descuido de su morador, hurtaron una campera deportiva y un par de championes. Investiga personal de Seccional 9ª.

HURTO DE VEHÍCULO. El pasado viernes, desde calles Serralta y Martín Pais, hurtaron la motocicleta matrícula FAB-027, color gris. Trabaja personal de la Dirección de Investigaciones.

EN TACUAREMBÓ:

PROCESADO CON PRISIÓN. Ampliando comunicado emitido por Jefatura, el 21 de junio del presente año, se hace saber que mediante Oficio Nº 813/2012, la Dra. Alicia Olivero, Juez Letrado Subrogante de Primera Instancia de Primer Turno de Tacuarembó, decretó el “procesamiento con prisión”, de la persona de iniciales E.D.L.V.M., oriental, de 46 años de edad, imputado de “un delito de homicidio culposo”, el que fue alojado en Cárcel de Tacuarembó a disposición de referida sede judicial. Dicha persona era el conductor del micro bus, que a la hora 16:20 del día 20 de junio del año en curso, circulaba por Ruta Nacional Nº 5 en dirección Norte y a la altura del kilómetro 384 de referida Ruta, derrapó perdiendo el conductor el dominio del rodado saliendo fuera de la faja pavimentada, embistiendo a la persona Ramón Rodríguez Miranda, oriental, de 72 años de edad, quien se domiciliaba en nuestra ciudad, el que en esos momentos caminaba sobre la banquina de citada Ruta, y debido al impacto resultó politraumatizado grave, siendo trasladado posteriormente al Hospital Local, falleciendo momentos más tarde en dicho nosocomio. El conductor del minibús, se encontraba detenido a disposición de la Justicia Letrada Competente, la que finalmente dictaminó su procesamiento a raíz del siniestro de tránsito.

PROCESADO POR RECEPTACIÓN. El 21 de Junio de 2012, la Señora Juez Letrado de Primera Instancia de Primer Turno de Tacuarembó, decretó mediante Oficio Nº 814/2012, el “procesamiento sin prisión” de la persona de iniciales, M.F.G.D.R.R., oriental, de 18 años de edad, como “autor de un delito de receptación, habiéndole impuesto medidas sustitutivas a la prisión consistente en la prestación de servicios comunitarios en la Intendencia Departamental de Tacuarembó, seis horas por semana durante 90 días bajo la supervisión del Patronato de Encarcelados y Liberados de Tacuarembó y la prohibición por el plazo de seis meses de acercarse y/o mantener contacto por cualquier medio con los tres adolescentes de sexo masculino implicados en el hecho”. Dichos adolescentes resultaron ser M.A.D.S., de 17 años; G.A.D.S., de 16 años de edad y A.M.G.M. de 16 años de edad. Además dispuso “iniciar proceso infraccional al adolescente” G.A.D.S, de 16 años, “como autor de la infracción prevista en la ley penal como delito de receptación”. Luego de una exhaustiva investigación, al obtenerse información que en una finca situada en Rincón de la Aldea habrían partes de motocicletas, las cuales presumiblemente habían sido hurtadas desde distintos puntos de nuestra ciudad, los efectivos actuantes de Seccional 6ª se constituyeron en el lugar, donde ubicaron una motocicleta color negro, como así también los siguientes accesorios: carcasas protectoras de plástico, colores gris y negro, plásticos laterales de color azul, mitad de careta delantera color azul, carenado delantero de motocicleta, chapas matrículas RAJ-032, RAR-632, RCE-872, además de un bols conteniendo accesorios varios de motor, todo lo cual fue incautado por la Policía. Asimismo también fueron recuperados otros objetos pertenecientes a motocicletas, tales como, “asientos, caños escape, cuadro, farol trasero completo, guardabarros delantero, llantas, ruedas completas, tanque y motocicleta marca yumbo color negro”, significando que algunos de estos objetos fueron reconocidos por sus propietarios. Acto seguido y de las averiguaciones efectuadas, quedaba al descubierto que el mayor de 18 años ya procesado y los restantes tres menores no estaban ajenos a los hechos acaecidos, razón por la cual fueron detenidos, interrogados y sometidos ante la Justicia Letrada Competente, la que luego de cumplidas las instancias correspondientes en su órbita decretó el procesamiento del mayor y la iniciación de proceso infraccional de uno de los menores implicados y la libertad de los restantes menores.

PROCESADOS POR HURTO. El pasado 22 de junio de 2012 mediante Oficio Nº 835/2012, la Dra. Alicia OLIVERO Juez Letrado Subrogante de 1ª Instancia de 1º Turno de Tacuarembó decretó el “procesamiento con prisión” de la persona de iniciales, C.M.G.S. uruguayo, de 21 años de edad, “imputado de un delito de hurto especialmente agravado, el que fue alojado en la Cárcel Departamental a disposición de referida Sede Judicial. Además dicha Magistrado decretó el “procesamiento sin prisión por un delito de hurto” de la persona de iniciales, R.A.B.A., uruguayo, de 21 años de edad, quien tendrá como “medidas sustitutivas, la concurrencia a alcohólicos anónimos por el termino de seis meses debiendo acreditar ante la sede judicial una vez al mes su concurrencia, la prestación de servicios comunitarios en institución pública de educación primaria, en la zona de su domicilio, con una carga semanal de nueve horas por un plazo de noventa días bajo la supervisión del Patronato de Encarcelados y Liberados de Tacuarembó, y la prohibición por un término de seis meses de mantener contacto y/o comunicarse con la persona procesada con prisión, C.M.G.S. uruguayo, de 21 años. Estos individuos se encontraban implicados en un hecho denunciado ante Seccional 1ª, donde desconocidos habían ingresado y hurtado dos taladros una amoladora, mecha y teléfono celular, desde el interior de un taller mecánico situado en calle 25 de Agosto de nuestra ciudad. Uno de ellos fue sorprendido en el interior del citado taller por el propietario del mismo, a tempranas horas de la mañana del día 22 de Junio de 2012, el que dio aviso en forma urgente al Servicio de Emergencia Policial 911, siendo detenido el desconocido en el lugar por los Efectivos Actuantes, conduciéndolo previo reconocimiento médico, ante Seccional 1ª, comenzando las tramitaciones correspondientes para tales casos. Consecuentemente fue interrogado y de las declaraciones vertidas por el mismo, quedó al descubierto que no sería ajena al hecho otra persona de sexo masculino, ya que entre ambas efectuaron el hurto con la intención de comercializarlos posteriormente y repartir el dinero para ser utilizado en provecho propio. Luego la Policía identificó a la otra persona implicada, deteniéndola, recuperando los efectos hurtados, los que fueron reconocidos por el propietario del taller como de su propiedad. Finalmente sometidos ante la Justicia Letrada Competente, la misma decretó el procesamiento de ambas personas, quedando aclarado otro hecho delictivo.

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