Rivera, sábado 18 de mayo de 2024

El fallo del Dr. Recarey en primera instancia favoreció a los rojos

En la tarde de ayer, próximo a las 17:15 horas, se dio a conocer el fallo del Dr. Alejandro Recarey y favoreció a Frontera Rivera Chico en su litigio frente a la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF).
Un hecho sin precedentes en el ámbito judicial y un fallo que sienta un precedente que podrá ser utilizado de ahora en más por cualquier institución deportiva que se sienta perjudicada por una acción de cualquier entidad madre del fútbol nacional.
En realidad, se puede considerar como un triunfo de quienes llevaron adelante este trámite que, para muchos, podría ser considerado como una simple pérdida de tiempo pero que encontró, en la actitud del magistrado actuante, la responsabilidad de escuchar las razones de cada una de las partes y actuar en consecuencia.
Pocas horas antes de emitir el fallo, el Dr. Recarey había solicitado que después de los alegatos interpuestos por las partes, se le entregaran los Estatutos de la Asociación Uruguaya de Fútbol, de la Organización del Fútbol del Interior y de la Liga de Fútbol de Rivera.
Recién después de un estudio minucioso de cada uno de ellos vino el fallo. Como un primer round, se trata de una victoria roja que alienta muchas esperanzas a pesar de la premura del caso con la que habrá que salir a integrar un equipo y con toda la infraestructura necesaria para competir.
En cierta oportunidad un dirigente rojo afirmó contar con un grupo importante de jugadores que estarían dispuestos a defender a los rojos de Cuaró y que en su gran mayoría son jugadores libres de la capital del país. Incluso los empresarios que están detrás de este emprendimiento, ya estaban alertados acerca de la posibilidad de este fallo y actuaban en consecuencia.
Pero la realidad muestra que se viene la etapa de la apelación porque, así como si hubiera sido al revés, y Frontera Rivera Chico se hubiera presentado a apelar, en esta instancia la Asociación Uruguaya de Fútbol anunció en la tarde de ayer que hará uso de esa facultad judicial y tiene 72 horas hábiles para hacerlo.
Como consecuencia de ello, el lunes vence el plazo para que se presente ante un Tribunal de Apelaciones porque, según se supo, la AUF ya estaba preparada para esta instancia.
En el texto de la sentencia, compuesto por once páginas, el Magistrado comienza enumerando una serie de contradicciones en el alegato presentado por la Asociación Uruguaya de Fútbol. Ante la lectura del escrito de la AUF el Juez concluye que Frontera Rivera Chico es asociado.
Incluso advierte sobre la oportunidad que ha tenido la institución riverense de apelar ante un Juzgado señalando textualmente: “Así las cosas, no puede en modo alguno impedirse a este juzgado que entienda en este expediente; so pena de infringir lo previsto en el art. 11 del CGP. Esto es, el derecho que toda persona tiene al proceso. Derecho de consagración constitucional, y recibido en el art. 8 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica, ratificado por ley Nº 15.737). No debiendo ignorarse que el CGP, a través del citado artículo, establece el deber de los tribunales de pronunciarse sobre lo que se les pida”.
Luego analiza los argumentos de AUF y señala “Resumiendo, los obstáculos planteados a la amparista son dos: su hipotético estatus de desafiliada, y una literal prohibición de lo que la demandada conceptualiza como ‘doble afiliación’ simultánea (a la AUF y a la OFI). Pues bien. Nada de lo reseñado es de recibo”.
Y agrega: “El CSDFRCh no ha cesado en su calidad de afiliado a la AUF. En ese orden, esta última afirma que su reafiliación a la OFI en 2003, habría implicado una suerte de renuncia presunta a aquella condición. Pero dicho razonamiento no es válido, desde que normativamente no existe tal cosa como una voluntad -no expresa sino presumible- de desvinculación”.
En definitiva: “La Sede podrá decir como lo ha señalado a lo largo del proceso, que no visualiza una norma expresa que prohíba la participación del Club Frontera Rivera Chico en AUF”.
Y, en definitiva, esos son los argumentos que utiliza el Juez actuante para establecer que Frontera Rivera Chico sigue siendo un club AUF y que debería ser aceptado en su intención de jugar el Campeonato de la Divisional C.

EL COMUNICADO DE FRONTERA RIVERA CHICO

Una vez conocido el fallo en primera instancia, la Comisión Directiva del Club Social y Deportivo Frontera Rivera Chico dio a conocer el siguiente comunicado a la opinión pública:

El Club Social y Deportivo Frontera Rivera Chico lleva a conocimiento de su masa social, hinchas, simpatizantes y público en general, que atento a la solicitud de amparo realizada por la institución ante la Justicia en lo Civil de 9º Turno, a cargo del Dr. Alejandro Recarey, en virtud de la Resolución emanada por la Asociación Uruguaya de Fútbol con fecha 22 de julio del corriente año, en la cual no hacía lugar al petitorio para su ingreso a la Primera División Amateur en la temporada 2021, reivindicando su condición de Club A.U.F.
En el marco de las instancias llevadas a cabo en la Sede Judicial, con las actuaciones del debido proceso, en el día de la fecha, el magistrado actuante procedió a dictar Sentencia en Primera Instancia, ‘Haciendo lugar a la demanda de amparo y en su mérito, suspendiendo la ejecución del acto resolutivo de la A.U.F impugnado (de fecha 22 de julio 2021). Habilitándose, en su lugar la participación del Club Social y Deportivo Frontera Rivera Chico en el Torneo de la Primera Divisional Amateur C de la temporada 2021, manteniéndose desde luego, la medida cautelar vigente hasta no se regularice la situación de conformidad con lo que se sentencia, con costas y costos por el orden causado’.
Actuando con la misma prudencia que nos ha caracterizado siempre y hemos encarado cada instancia, que no empieza ahora ni la termina, y en el momento en que llamamos a la reflexión de cada uno de los actores involucrados, ya que no hay, ni nunca hubo ninguna animosidad contra la A.U.F o sus autoridades, sino reivindicar un derecho adquirido, el cual no nos era reconocido, debiendo en última instancia recurrir a los estrados Judiciales, algo que por nuestra naturaleza institucional no nos agradó ni agrada, ya que lo único solicitado era jugar un campeonato de fútbol.
Acá no hay ganadores ni perdedores, sino la reparación de un acto de justicia. Seguiremos siempre fieles a nuestras convicciones y agradecemos profundamente por la solidaridad recibida en todos los ámbitos, principalmente de la gente por su apoyo incondicional.

Rivera, 4 de agosto de 2021
José Sandín Álvez, Presidente; Leonel Pereira Vieira Da Cunha, Secretario

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