Rivera, lunes 25 de noviembre de 2024

Se realizan hoy las elecciones de autoridades del Colegio Médico del Uruguay a nivel nacional y regional

En la jornada de hoy, viernes 27 de agosto, en las sedes regionales y la nacional del Colegio Médico del Uruguay se llevan a cabo las elecciones de autoridades de la institución.
En todo este tiempo el Regional Norte del Colegio Médico del Uruguay ha trabajado pensando en la jerarquización de la institución y en la transparencia de la gestión, para que nuestros colegiados se sientan representados y apoyados en el ejercicio profesional.
En tal sentido, quienes estuvieron hasta ahora al frente del Regional Norte del Colegio Médico, los Dres. Hugo Parodi de Artigas, Henry Sosa de Rivera, Gustavo Curbelo de Paysandú, y, Carlos Rattín y Ramón Soto de Salto, trabajaron en conjunto para generar un vínculo entre autoridades y colegiados que permita jerarquizar además a la institución.
El Colegio Médico además de ser una de las instituciones más importantes que tiene el profesional de la medicina para respaldar su actuación, es una herramienta clave para sustentar los principios y valores que del mismo emana.
Las elecciones se cumplirán en la Oficina Electoral Departamental de cada departamento desde las 8:00 de la mañana hasta las 19:00 horas, y tiene carácter obligatorio para todos los médicos.

ELECCIONES
Las elecciones se llevan a cabo en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 7º lit. F) y 37 a 42 de la Ley Nº 18.591, Arts. 11º lit. b), 12º lit. c) y 72 a 76 del Decreto 083/010 y Art. 1º del Decreto 314/014, convoca a todos los médicos colegiados al acto eleccionario a realizarse el día viernes 27 de agosto de 2021.
En esa instancia se renovarán íntegramente los órganos directivos, eligiéndose Consejo Nacional (9 cargos), y Consejos Regionales Sur, Oeste, Norte, Este y Montevideo (5 cargos cada uno). El mandato de las autoridades electas durará tres años, de octubre de 2021 a octubre de 2024.
El Consejo Nacional y los Consejos Regionales serán elegidos por el régimen de representación proporcional, aplicándose el sistema de listas (Arts. 37 y 38, Ley 18.591). Las listas de candidatos se integrarán con titulares y doble número de suplentes respectivos, tanto para el Consejo Nacional como para los Consejos Regionales.
El voto será secreto y obligatorio y el acto eleccionario será controlado por la Corte Electoral.

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