Dr. Gerardo Amarilla: “El Ministerio de Educación y Cultura es el principal responsable por la UPE”
“El Ministerio de Educación y Cultura es el principal responsable de la UPE como de toda la educación universitaria en su carácter de órgano de contralor y nos parece una actitud irresponsable que se hable de inhabilitar un instituto, colocando en incertidumbre a cientos de estudiantes y familias del interior del país que confiaron en un instituto universitario habilitado y controlado por el MEC”, señaló el diputado electo por Rivera, Dr. Gerardo Amarilla.
“Nos parece que el Presidente electo tiene que dar un mensaje claro ya que se ha comprometido con la Universidad radicada en el interior y no nos parecería coherente que mientras se habla de llevar la educación terciaria al interior por otro lado se intentan cerrar las pocas puertas que ya se han abierto”, señaló Amarilla.
El diputado electo informó que intentó comunicarse con la actual ministra, María Simón a los efectos de saber su real intención y señaló que confía que se agoten todos los caminos para permitir que los estudiantes que ya han comenzado y avanzado en sus carreras puedan tener las garantías del MEC para culminar las mismas y mantener las oportunidades para nuestros jóvenes.
Con respecto a la situación del Instituto Universitario de Punta del Este, es necesario hacer algunas reflexiones.
La posición del Ministerio de Educación y Cultura, basada en el dictamen Nº 293 del Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada, hace incapié en que la referida Institución ha presentado una «apartamiento relevante» de las condiciones tenidas en cuenta para el otorgamiento de la autorización para funcionar, todo ello de conformidad a lo establecido en el Art. 7 del Decreto 308/995, y sin perjuicio de lo establecido en el Decreto-Ley Nº 15.089.
A nuestro entender, no cabría imputarle toda la reponsabilidad al Ministerio de Educación y Cultura por los daños que se han causado a los estudiantes y egresados del IUPE.
En efecto, es de público conocimiento que el ente estatal ha venido dándole chances al IUPE para que subsanara las presuntas irregularidades que fueron constatadas, haciendo posible la continuación de su actividad educativa.
La actitud del Ministerio ha sido la de tratar por todos los medios de «dar una mano» para que durante estos años la Institución se sujetara y cumpliera con las condiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de educación terciaria privada.
Ahora bien, ¿acaso el MEC realizaría observaciones a cualquier institución educativa sin fundamento alguno? Es claro que no.
Las presuntas irregularidades, cualquiera que sean, son fruto del actuar culpable o intencional (lo que se dilucidará a través del correspondiente procedimiento administrativo) de la institución educativa sujeta al control estatal.
Es de público conocimiento que el Director del IUPE admitió haber incurrido en algunas de las irregularidades observadas por el ente estatal, lo que en forma primigenia nos hace ver en forma muy tenue el punto esencial de este conflicto.
Aquí ha habido una o varias situaciones anómalas, las que el MEC en ejercicio de sus poderes de policía educativa ha constatado y recomendado la subsanación de las mismas, lo que la institución educativa ha cumplido a medias.
¿Quienes son los encargados de subsanar aquellas anomalías constatadas?: Las autoridades del IUPE.
Es claro que estas últimas no han cumplido con su obligación en forma aparentemente diligente, ya que en caso contrario no se estaría tramitando el procedimiento administrativo en cuestión.
No sería recomendable imputarle en forma exclusiva la responsabilidad al MEC, por los daños directos que se le causa al alumnado y por los daños «par ricotage» ( de rebote) causados a los egresados de dicha casa de estudios.
Hay concurrencia de responsabilidades: MEC y IUPE, una y otra en menor y mayor medida respectivamente.
El MEC, por un lado, debió actuar con más rapidez ante la constatación de las presuntas irregularidades, optando quizás por la herramienta de la intervención de la Asociación Civil propietaria del IUPE.
El IUPE, por otro lado, debió subsanar las presuntas irregularidades (y no caer en reiteración) y por sobre todas las cosas, mantener informados a los alumnos sobre la inestabilidad de la autorización para funcionar como sistema de educación terciara privada, cosa que no hizo.
En ningún momento se les mencionó al alumnado (a través de sus delegados) que se habían constatado presuntas irregularidades por parte del MEC en el funcionamiento de la casa de estudios.
Pero hay más, cuando algunos de los alumnos del IUPE se reunieron con el Director del instituto se les dijo que lo que se hablara en esas reuniones no podía salir a la prensa; que en caso de reunirse con autoridades del MEC debería estar siempre presente un representanete del IUPE; y que si dejaban de pagar las cuotas en la Sede Rivera por temor a lo que pudiera suceder con la institución, aquella cerraría sus puertas. Esta última actitud implicaría, como cualquier homo sapiens medianamente sensato lo entendería, que al menos en Rivera (al parecer, en principio) los riverenses carecerían de la posibilidad de acceder a una educación terciaria.
¿No es esta misma consecuencia fatal, la que devendría inevitablemente según el IUPE, por resolución de la MInistra Simón?
¿Qué sucedería si el Director del IUPE decide cerrar las puertas de la Sede Rivera en virtud de que el alumnado, en forma muy justificada por cierto, decide interrumpir el pago de la mensualidad establecida contractualmente hasta que no se dilucide esta situación?
¿No estamos ante un acto que engendraría una responsabilidad aun mayor por parte del IUPE, de manera ostensiblemente ilegítima?
Esta actitud es más antiurídica que la que se le imputa al MEC.
Creemos que el Estado ya no es el «Leviathan» de Hobbes.
Hay otro «Leviathan», y no tiene forma de monstruo marino sino de institución univeristaria privada, avasallando los derechos de sus alumnos en forma arbitaria, sin posibilidad de defenderse y rehenes de la amenaza de cierre (al final de cuentas) por la posible suspensión del pago de la mensualidad.
En caso de que la decisión de la Ministra Simón fuera solicitar al Presidente de la República que decrete el cierre del IUPE se han manejado varias posibilidades, todas ellas legales.
En efecto, se ha dicho que se recurriría administrativamente la citada resolución y que en caso de denegatoria se acudiría a la vía jurisdiccional (TCA) y finalmente a la vía contenciosa reparatoria de conformidad a lo edictado en el Art. 312 de la Constitución.
Sabido es que en materia de responsabilidad estatal (Arts. 24 y 25 de la Constitución)se enfrentan dos teorías: la subjetiva y la objetiva.
La teoría subjetiva, reflejada en la posición de Sayagués Laso, requiere que se configure una «falta de servicio» o que «el servicio se prestó en forma irregula o deficientemente» como lo entendía la doctrina francesa.
La teoría objetiva, minoritaria en la doctrina (que yo comparto), requiere apenas la configuración del daño para que se genere la responsabilidad estatal en el entendido de que el Estado es garante de la conducta de sus funcionarios, sin entrar a considerar elemento subjetivo de ningun tipo.
En el ámbito de los Juzgados Letrados y Tribunales de Apelaciones predomina la teoría subjetiva de la responsabilidad estatal.
De lo expuesto, surge que una eventual acción de este tipo entablada por el IUPE y los alumnos contra el Ministerio de Educación y Cultura debería probar en forma clara y sin dudas que hubo «falta de servicio» o «prestación irregular o defciente del mismo».
En efecto, debería probarse que el MEC actuó negligentemente y con impericia, lo que quizás podría configurarse por la demora en adoptar la trágica decisión que nos ocupa.
Sin embargo, creemos que el MEC durante este tiempo ha actuado de conformidad a las normas constiucionales, legales y reglamentarias, en procura del interés general particularizado en el interés del servicio, cual es la prestación de una educación terciaria acorde a las exigencias académicas vigentes, tratando de manera diligente y en varias oportunidades que el IUPE subsanara las presuntas irregularidades, por lo que en principio sería difícil que se configure la causal que exige la teoría subjetiva de la responsabilidad estatal.
Prima facie, parece que la acción que sin dudas prosperará es la que entablen (o no) los alumnos en contra del centro educativo en la vía civil por incumplimiento contractual, acreditando que la otra parte en la realción jurídica ha incumplido con su obligación correspectiva asumida en virtud del cierre (eventualmente dispuesto ) del instituto educativo.
Creemos que si el MEC considera que no se brinda educación de calidad universitaria en el IUPE, igualmente no debería disponerse su clausura, permitiendo su funcionamiento y aplicando en forma analógica normas jurídicas que regulan casos similares.
En efecto, en materia de la profesión de Psicología la Ley Nº 17.154 establece que los únicos centros habilitados para la expedición de títulos validantes del ejercico de la profesión de psicólogo son: la UDELAR, la UCUDAL y el Instituto Assis de Maldonado.
Asimismo, prevé que existan otros institutos que no están habilitados y que expidan títulos de psicólogo.
Los que egresen de dichos centros deben ser evaluados por una COMISIÓN ESPECIAL, creada por el Art. 4 de dicha norma, la que actúa en el ámbito del MEC, ante la cual los interesados deberán acreditar su competencia notoria en el ejercico de la profesión de la psicología para poder equipararse a los egresados de las instituciones expresamente habilitadas por la Ley Nº 17.154.
En consecuencia, un posible remedio a la eventual clausura que disponga el MEC, sería que vía legal se hiciera competente a la mencionada Comisión Especial para resolver la habilitación de los egresados de todas las instituciones no habilitadas para la expedición de títulos universitarios, posibilitando que aquellos que estén aptos para hacerlo, ingresen al mercado profesional en igualdad de condiciones con sus pares egresados de las instituciones que si han sido habilitadas.