Desde ayer Uruguay cuenta con una ley sobre regulación del mercado de bebidas alcohólicas
En la jornada de ayer, martes 17 de diciembre, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley (que ya tenía la aprobación del Senado) que regula el mercado de bebidas alcohólicas y busca regular la publicidad para evitar, entre otras cosas, que su consumo se relacione al éxito personal, ya sea económico o social.
A partir de su aprobación en Diputados, el proyecto de ley que establece la regulación del mercado, la promoción de salud y prevención del consumo problemático de bebidas alcohólicas, ya cuenta con estatus de ley.
La nueva normativa, propuesta por el Presidente Tabaré Vázquez, busca prevenir el consumo problemático de bebidas alcohólicas en la población, desarrollar estrategias para retrasar la edad de inicio en el consumo y plantea reformas en cuanto al registro de vendedores, publicidad, fiscalización, infracciones y sanciones.
Incorpora acciones preventivas en el diseño, programación y ejecución de las políticas públicas en materia de consumo problemático de bebidas alcohólicas, que vinculen su impacto a razones de género y edad.
Promueve y potencia el desarrollo de programas en los ámbitos educativo, comunitario y familiar, para prevenir el consumo de riesgo y problemático de bebidas alcohólicas, tendientes a construir autocontroles sociales que logren, en un marco de Derechos Humanos y responsabilidad compartida, incorporarse a la cultura ciudadana.
Orienta a informar a la población sobre los efectos perjudiciales para la salud integral derivados del consumo problemático de bebidas alcohólicas y se fomentará la participación activa de la comunidad en el diseño y ejecución de las acciones preventivas destinadas a abordar los problemas relacionados con el consumo problemático.
La normativa también instrumentará acciones que permitan a los profesionales de la salud y la educación la detección precoz de problemas asociados al consumo problemático. Fue aprobada con 51 votos en 84 legisladores presentes y pasará al Poder Ejecutivo para su reglamentación con un plazo de noventa días.