Síntesis policial: Procesado por un delito de lesiones personales
PROCESAMIENTO. El día domingo próximo la hora 21:30 se recibe llamado al servicio de emergencia “911” solicitando presencia policial en Barrio Misiones donde se producía un desorden generalizado, de inmediato se hicieron presente en el lugar distintas unidades policiales quienes lograron disuadir la aglomeración. Se pudo establecer que dos masculinos por causas del momento se tomaron a golpes de puño y uno de ellos extrajo un arma blanca lesionándolo en el rostro, logrando la policía incautar la misma. Fueron trasladados al nosocomio local y vistos por el médico de guardia diagnostico para W.M.A.M., oriental, de 20 años “herida cortante superficial de aproximadamente 2 cm., a nivel de mentón”, asistido también el agresor J.F.A, oriental, de 35 años, “aliento alcohólico”. Averiguado vecinos del lugar manifestaron por igual que el agresor es una persona conflictiva y acostumbra a insultar con palabras obscenas a todos los cruzan por el lugar. En la tarde del pasado lunes el mismo fue conducido a la sede judicial disponiendo el Sr. Juez Letrado en lo Penal del Primer Turno, Dr. Marcos Seijas, el procesamiento con prisión de J.F.A., imputado de: “un delito de lesiones personales especialmente agravado por el uso de arma”. El imputado J.F.A., fue alojado en la Unidad de Internación para Personas Privadas de Libertad Nº 12 “Cerro Carancho”.
RAPIÑA. En la tarde del pasado lunes próximo a la hora 16:15, la persona de iniciales L.A.S.P., oriental, de 19 años, que caminaba por calle Paysandú con dirección Oeste al llegar a la intercesión con Pantaleón Quesada le fue interceptado el paso por tres desconocidos, aparentemente menores de edad, quienes le solicitaron dinero para comprar cigarrillos, ante su negativa estos lo tomaron a golpes de puño y puntapiés, logrando sustraerle la billetera que en su interior contenía la suma de U$ 2.500 (dos mil quinientos pesos). Los mismos se dan a la fuga del lugar arrojando la billetera con la documentación a pocos metros del lugar. Investiga personal de Seccional 1ª.
RAPIÑA. El día 12/10/2013 en horas de la noche dos personas de sexo masculinos ingresaron al comercio ubicado en calle Paul Harris esquina Paysandú, vistiendo ropas de color negro, con los rostros cubiertos con pasa montañas, portando armas de fuego, dirigiéndose por detrás del mostrador sustrayendo de la caja registradora $ 4.000 (cuatro mil pesos). En el exterior del local aguardaban dos masculinos más en motocicletas, dándose a la fuga aparentemente hacia territorio brasileño. Investiga personal de Seccional 1ª, se ampliará.
EN TACUAREMBÓ:
LA JUSTICIA DECRETÓ EL INICIO DE UN PROCESO INFRACCIONAL POR HURTO A DOS MENORES DE EDAD. Siendo el día 11 del mes en curso, se tomó conocimiento en Seccional 1ª mediante denuncia, del hurto en un Centro de Estudios de esta ciudad. Inmediatamente los efectivos comienzan a trabajar en el caso, mientras que paralelamente Personal Policial de la Dirección de Investigaciones de esta Jefatura de Policía, tomaba conocimiento que no sería ajeno al hecho un adolescente menor de edad, de sexo masculino, quien posteriormente es detenido, manifestando ser confeso autor del hecho. Consecuencia de las indagatorias correspondientes, es detenido por esta otro adolescente menor de edad, de sexo masculino, quien luego de las actuaciones manifiesta ser también autor del hecho. Consecuencia de la actuaciones, se logra incautar, diferentes prendas de vestir, como así también calzados deportivos y accesorios eléctricos, los cuales habían sido adquiridos por estos con el dinero que se denunció como hurtado. Una vez la Justicia competente toma conocimiento de lo actuado, decretó mediante Oficio Nº 200, el inicio de proceso infraccional respecto de los adolescentes M.N.S., oriental, de 16 años de edad y V.M.G.A., oriental, de 17 años de edad, domiciliado en esta ciudad, por la autoria de una infracción prevista en la ley penal como delito de hurto, imponiéndose como medida cautelar el arresto domiciliario de 21:00 a 07:00 horas del día siguiente por un plazo de 60 días, y la prohibición de mantener contacto entre si por cualquier medio, por un plazo de 60 días.