La posición del Tribunal en relación a solicitud formulada por la dirigencia
De acuerdo a lo que habían solicitado los delegados, la Comisión Directiva elevó un pedido al Tribunal de Penas para que fallara acerca de la situación de los jugadores de Frontera Rivera Chico denunciados por Sarandí Universitario y acerca del jugador de Oriental que jugó luego de haber acumulado cinco tarjetas amarillas lo que fue denunciado por Lavalleja.
La nota respuesta del Tribunal establece textualmente:
“En principio debemos consignar que nos rarificamos en un todo de los fallos emitidos con fecha 3 de julio del corriente año y que obran en los expedientes respectivos cosa que Ud en la nota que se responde, no cuestiona.
En segundo lugar debemos decir que no podemos acceder a la solicitud en tanto significaría, por vía oblicua, emitir un fallo que, por las razones ya expresadas, no podemos pronunciar, por lo que nuestros siguientes comentarios se circunscribirán, no al caso concreto, sino que tendrán un carácter abstracto o general.
En consecuencia: cualquier jugador que acumule tarjetas amarillas en diferentes partidos será sancionado conforme al Art 41 del Código de Penas. Obviamente dependerá de la cantidad de fechas que tenga el torneo para saber cuantas tarjetas amarillas debe acumular para hacerse acreedor a la suspensión automática de un partido.
En el expediente abierto en ocasión del reclamo presentado por el Lavalleja Atlético Club contra la inclusión antirreglamentaria de un jugador del oriental Atlético Club, señor Germán Silveira de los Santos por acumulación de cinco tarjetas amarillas si puede aclararse que dado al vencimiento de los plazos como la ausencia de los requisitos formales para la admisibilidad de la denuncia, resulta que tanto el club como el jugador quedaron libres de penas sin perjuicio de advertir que dicho jugador debe cumplir la referida pena en el campeonato de este año.
El otro punto cuya evacuación se nos solicita dice relación con jugadores inscriptos irregularmente, esto es, sin el pase en forma o en calidad de libres.
Obviamente que la inscripción irregular tiene su sanción especifica y será aplicada de procederse correctamente tanto en cuanto a plazos como en cuanto a los requisitos de admisibilidad, denuncia por escrito, depósito previo etc. y de fundabilidad, prueba auténtica etc.
Cabe también aclarar que, en cuanto a la situación de los jugadores denunciados en el expediente promovido por el Deportivo Social Sarandí Universitario contra el Club Frontera Rivera Chico por la utilización, en apariencia de jugadores con inscripción irregular, debemos establecer que los jugadores, a la fecha, están bien inscriptos hasta tanto se aporte prueba en contrario.
Por consiguiente para determinar si están bien o no inscriptos la comisión Directiva debería solicitar el documento original de la CBF o fotocopia autenticada de los jugadores e inhabilitarlos para continuar jugando en la Organización del Fútbol del Interior”.
Hasta aquí el texto completo de donde surge claramente que Hugo Germán Silveira de los Santos, jugador de Oriental no puede jugar la primera fecha del Campeonato de este año y que los jugadores que Frontera Rivera Chico inscribió a fines del año pasado en calidad de libres, están correctamente habilitados hasta tanto se presenten pruebas concretas y con originales a la vista, que tienen antecedentes en otras instituciones de Brasil.