Tranqueras, Minas de Corrales y Vichadero, tendrán sus alcaldías

Finalmente, nuestro departamento tendrá tres alcaldías, de acuerdo a lo resuelto por el parlamento nacional, no habiendo prosperado la posibilidad que también se incluyera a Las Flores y Lapuente.
Luego de ser votado anoche en Diputados, el Senado sancionó la ley que crea 89 alcaldías en el país.
Tras una larga discusión desarrollada primero en Diputados, se sancionó la ley que crea 89 alcaldías en el territorio nacional.
Según el senador nacionalista Luis Alberto Heber, el tema ya está saldado. Si bien afirma que la postura del Frente Amplio era “totalmente inconstitucional”, dijo que hubo un “perfecto entendimiento”.
Se desató también polémica por el tema territorial. No se definió si es el intendente o el alcalde, es el que tiene jurisdicción en las zonas rurales y también resta definir la reglamentación electoral.
En definitiva se trató del primer acuerdo político de la actual legislatura en un tema en el que en principio, el Partido Nacional iba a votar en contra.
El ex intendente blanco Carmelo Vidalín dijo que vota la ley por disciplina partidaria. “Hay muchas fallas, de esto nos vamos a arrepentir”, indicó.
Por su parte, la Corte Electoral, con votos de los ministros frenteamplistas y blancos, resolvió que no habilitará el voto cruzado entre candidatos a intendente y a alcalde: sólo se podrá votar dentro de un mismo partido. También se definió que cada lista tenga una hoja de votación distinta por municipio o alcaldía. No se anulará el voto a intendente cuando esté en un sobre con una hoja de una alcaldía equivocada y sólo podrán registrar candidaturas a alcalde los partidos políticos y agrupaciones.
Se trata de una elección obligatoria, que determinará la creación de municipios que suplirán a las Juntas Locales.
Las alcaldías estarán integradas por cinco miembros, cuyo presidente será el alcalde, el que surgirá del primer titular de la lista más votada del lema más votado en cada municipio.
Ya está definido que el alcalde tenga una remuneración y que los cuatro miembros restantes, denominados concejales, realicen una tarea de carácter honorario.
Se acordó, además, que las personas que se presenten para ser elegidos como alcalde o concejal deben tener, por lo menos, tres años de residencia en el lugar, Dejándose de lado, el requisito que establecía que los candidatos a las alcaldías debían haber nacido en el municipio al cual se postulaban. La Comisión de la Corte Electoral ya definió que se votará en un mismo sobre alcaldes, intendentes, ediles y concejales, en las elecciones de mayo, en una misma urna y no en dos como se había manejado.
Según la Ley de Descentralización deben crearse municipios en las localidades con más de 5.000 habitantes.
En lo que tiene que ver con quiénes pueden presentarse en las candidaturas, se estableció que tienen que ser los partidos políticos y que cada una de las agrupaciones o el propio partido pueden presentar una o más opciones para cada una de las alcaldías, las cuales van a estar identificadas con letras, de forma tal que los números que se utilizan para las mismas, por ejemplo en el caso de Montevideo para la zona “A” se dirá el número tal con el guión. Para cuando aparezcan en un mismo sobre hojas que pertenecen a una alcaldía diferente a la que se debía votar, la Corte Electoral acordó que no se anulara el voto departamental, es decir el voto al intendente y a la Junta Departamental, y sí se afectará el voto que no corresponde a esa circunscripción electoral.

Diario NORTE:

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