Pero, si bien son voluntarias para las personas en general, es evidente la importancia que tienen estos comicios, porque se elige el candidato presidencial de cada partido político que comparecerá en las elecciones nacionales de octubre. Entre ellos, de acuerdo a los estudios de opinión pública, se encontrarán los dos candidatos que disputarán la Presidencia de la República en el balotaje del domingo 29 de noviembre de este año.
En las elecciones internas, se sufraga a padrón abierto, es decir, que se utiliza el padrón de habilitados de la Corte Electoral, en la que están inscriptas todas las personas habilitadas para ejercer el sufragio.
Para sufragar en las elecciones se requiere mayoría de edad para el día domingo 28 de junio y estar inscripto en el Registro Cívico Nacional. .
Por ello, a contrario de lo que se podría creer, no se requiere estar afiliado a un partido político para votar, porque el sufragio se emite de igual forma que en las elecciones nacionales empleando el padrón de la Corte y no los eventuales que pudieren tener los partidos políticos. Obviamente, si no se requiere afiliación previa, tampoco se requiere que se afilie al partido político por que el piensa sufragar.
Pueden votar no solo los ciudadanos naturales y los legales, sino también los extranjeros no ciudadanos, que tienen una residencia mínima de 15 años, por lo menos, en la República, que están comprendidos en el Inc. 1º del Art. 78 de la Constitución.
Naturalmente que el voto es secreto y nadie sabe por quien están sufragando quienes concurren a un circuito para votar. Porque en cada mesa de votación acudirán personas que votarán por diferentes partidos. Tan es así, que por ejemplo, los policías y militares en actividad pueden votar en las elecciones internas, pero, atención que no pueden ser candidatos. Si el voto no fuera secreto y rigiera la obligación de afiliación previa o simultánea, les estaría prohibido por la disposición constitucional prevista en el numeral 4º del artículo 77 de la Carta.