Prohibirán exigir constancia de embarazo para postularse a un empleo

En Rivera, desde hace algunos años atrás, pero especialmente en el ámbito de los comercios que giran en el rubro Free Shop, la posibilidad de trabajo de muchas mujeres se ve coartada ante la exigencia de los empresarios, de exigir constancia de no estar embarazadas, ahora por iniciativa del Poder Ejecutivo dicha solicitud estará prohibida, de aprobarse el proyecto de ley.
El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley que prohíbe exigir la realización o presentación de test de embarazo y/o certificación médica de ausencia de estado de gravidez como requisito para el proceso de selección, ingreso, promoción y permanencia en cualquier cargo o empleo, tanto en la actividad pública como privada. Asimismo, se prohíbe la exigencia de toda forma de declaración de ausencia de embarazo.
El objetivo del proyecto es proteger en el derecho al trabajo, a la maternidad, a la privacidad y a la igualdad entre varones y mujeres en el empleo, tanto en la actividad pública como privada.
El Gobierno constató que para el acceso al trabajo se solicita a las mujeres un test de embarazo o la realización de declaraciones y/o llenado de formularios respecto a la ausencia de estado de gravidez. Asimismo, cuando algunas empresas toman decisiones sobre ascensos en los cargos o renovaciones de contrato tienen en cuenta esta circunstancia.
Estas prácticas obedecen a criterios discriminatorios que incumplen con varias disposiciones vigentes en nuestro país y que pese a la fiscalización realizada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no se lograron erradicar.
Además, se demostró que la existencia o no de embarazo no es relevante para la evaluación del futuro desempeño laboral. Un estudio sobre costos laborales realizado en el año 2000 reveló que los costos que el empleador debe asumir por las ausencias derivadas del embarazo son mínimos y asumidos en su gran mayoría por la Seguridad Social, no resultando convalidado el argumento de la necesidad de acceder a este dato personal de la vida sexual y reproductiva de la trabajadora como condición para su contratación.

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