Los profesionales en ejercicio libre de su profesión y los titulares de servicios personales no profesionales incorporados al Sistema Nacional Integrado de Salud, tienen plazo hasta el 26 de abril para presentar la Declaración Jurada con la liquidación de sus aportes al FONASA del período enero-diciembre 2012. Están comprendidos:
– Profesionales amparados por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.
– Escribanos afiliados a la Caja Notarial de Seguridad Social.
– Titulares de Servicios Personales no amparados por Caja Profesional: Rematadores, Corredores de Seguros, Despachantes de Aduana, Agentes Inmobiliarios, Comisionistas, Podólogos, Consultores, Gestores, Publicistas, Dibujantes, Diseñadores, Decoradores, Paisajistas, etc.
Para su comodidad, este trámite se realiza fácilmente por Internet, ingresando a www.bps.gub.uy con su usuario registrado de los servicios en línea del BPS.
Por más información ingresar a Servicios Personales – Declaración Jurada en la página web del BPS, donde podrá solicitar su Código de Acreditación, realizar consultas, desbloquear contraseña y agendarse.
Importante: Esta Declaración Jurada es obligatoria. Recuerde que en caso de corresponderle devolución de aportes al FONASA, esta declaración realizada en la forma y plazo señalados, facilita su determinación.
Más información en la página web del BPS: www.bps.gub.uy.