“Estamos a once años de promulgada la ley 16.929 y recién ahora comienzan los contactos pata instrumentar la forma”

En la Media Hora Previa, de la reunión ordinaria de la Junta Departamental del miércoles 8 de julio, el edil Ramón Román Taroco hizo referencia a la reunión que se efectuará el 14 del corriente, en Livramento, de la que participarán el Presidente del Instituto Nacional de Seguridad Social del vecino municipio, Sr. Valdir Simão y el Presidente del BPS de Uruguay, Ernesto Murro, de acuerdo a lo que lo informó NORTE, el pasado viernes 3. Estas fueron sus palabras:
“Sr. Presidente, señores Ediles: El viernes próximo pasado leímos en un periódico local , que el día 14 del corriente mes, en la sede del Instituto Nacional de Seguridad Social de la ciudad de Livramento, se reunirán el Presidente de este Instituto, Sr. Valdir Simão y el Presidente del BPS de nuestro país, Sr. Ernesto Murro.
El motivo de esta reunión es el lanzamiento del sistema de intercambio de información para la aplicación de la Ley Nº 16.929, que habilita a que no pierdan el derecho a la pensión a la vejez o invalidez, los uruguayos radicados en zonas de frontera, en una distancia no mayor a los cinco kilómetros del límite fronterizo con el Uruguay.
Sr. Presidente, señores Ediles, ¿saben ustedes cuando se aprobó esta Ley? No, ¿verdad? Se aprobó el 13 de abril del año 1998 y se publicó en el Diario Oficial Nº 25019 del 29 de abril del mismo año; o sea, 16 días después de su aprobación.
Estamos a once años de promulgada la ley y recién ahora comienzan los contactos para instrumentar la forma que permita que los ciudadanos radicados en territorio brasileño, dentro de la distancia establecida puedan legalmente percibir sus beneficios. Lo que no sabemos es si ya se realizaron contactos con las autoridades de la República Argentina; porque la ley también establece que los uruguayos que se radican en ese país serán contemplados por esos derechos.
Hace un par de meses se aprobó la ley del artista, que va a permitir que los cantautores, músicos, actores, bailarines etc. Puedan jubilarse. Todos sabemos que para acceder a una jubilación a partir del 1 de julio del corriente año, es necesario contar con 30 años de trabajo y 60 años de edad y aquí queremos destacar el beneficio que otorga esta rebaja de años. Un cantautor, un músico, un bailarín o bailarina, a esta edad ya empieza a afrontar dificultades para trabajar, y ni que hablar de un obrero común.
Pero referente a la Ley del Artista si bien fue aprobada, falta instrumentar por parte del BPS la forma, o sea las exigencias. Esperemos que no demore 11 años como la Ley16.929.
Por todo lo expuesto solicito que esta exposición sea enviada al Directorio del BPS a los tres representantes por el departamento de Rivera y al Senador Luis A. Heber.
Por otra parte Sr. Presidente y señores Ediles, hace unos cuantos meses en el Barrio Quintas al Norte, se incendió una modesta casa, donde vivían un matrimonio con un casal de mellizas. Al quedar totalmente quemada la vivienda, estas personas pasaron a vivir en el refugio municipal de Avda. Cuaró y luego la madre y las niñas fueron alojadas en el INAU.
Con ayuda de los vecinos y amigos el Sr. Cuadro, padre de las mellizas reconstruyó nuevamente la precaria vivienda, la equipó con los enceres imprescindibles para vivir con su esposa y sus hijitas pero resulta que ahora las autoridades del INAU no le hacen entrega de su familia y me manifestó el referido señor que viene siendo víctima de malos tratos verbales por parte de las autoridades de la Jefatura del INAU local, cuando va a exigir la entrega de su esposa e hijas.
Por tal motivo Sr. Presidente, solicito que el Sr. Cuadro sea recibido por la Comisión de Seguridad Pública y Derechos Humanos de esta Junta, a los efectos de que esta Comisión determine los pasos a seguir”, concluyó.

Diario NORTE: