En la media hora previa del miércoles 9 de junio, el novel Diputado por Rivera por la lista 2000 del Partido Colorado Cr. Richard Sander, hizo una importante exposición sobre el Fondo de Desarrollo del Interior, tema que desde su creación ha manejado desde la dirección general de Hacienda de la Comuna.
“Como suplente del Diputado Osorio, del departamento de Rivera, hoy me quiero referir a un tema muy sensible para los Gobiernos departamentales: el Fondo de Desarrollo del Interior.
Este programa tiene su origen en la reforma constitucional del año 1996. Su principal objetivo es promover el desarrollo regional o local en los departamentos del interior del país y favorecer la descentralización de actividades en esa zona tan alejada de la capital, como el departamento de Rivera. Este Fondo funciona de una manera armónica articulando los Gobiernos departamentales con el Gobierno nacional, a través de la Comisión Sectorial de Descentralización, que es coordinada por la OPP.
Este Fondo financia proyectos cuyos productos tengan en cuenta los objetivos antes mencionados, para los cuales se debe contar preceptivamente con el aval técnico de la OPP. También participa la DIPRODE en la evaluación técnica y en el seguimiento de los proyectos. Aquí existe una clara relación entre la participación de los Gobiernos departamentales y el Gobierno central.
Estos proyectos son presentados ante la Comisión Sectorial, que los avala y vota. Esta Comisión fue creada por el literal B) del quinto inciso del artículo 230 de la Constitución de la República y el informe técnico previo está a cargo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. La Comisión Sectorial aprueba estos proyectos y los eleva al Ministerio de Economía y Finanzas para definir el cronograma de desembolsos de pagos en las Intendencias. Cada Intendencia participa en el Fondo de acuerdo con cuatro criterios: de superficie, de población, el inverso del Producto Bruto Interno por habitante y el porcentaje de hogares con carencias en las condiciones de vivienda. DIPRODE dispone de hasta un 3% de ese monto anual destinado a las Intendencias, que está definido en el artículo 485 de la Ley Nº 17.930, del año 2005. Es decir que DIPRODE se lleva alrededor de un 3% de los $ 500:000.000 que le corresponden aproximadamente a las dieciocho Intendencias del interior.
El artículo 643 de la Ley Nº 17.296, del año 2001, dispone la creación del Fondo y cuantifica su monto, hecho que también se da y se ajusta en el nuevo presupuesto por el artículo 485 de la Ley Nº 17.930, como dijimos anteriormente, que a su vez dispone la distribución del Fondo durante los cinco años de Gobierno. De los recursos totales asignados presupuestalmente, el 75% corresponde a proyectos y programas ejecutados para descentralizar por los componentes del literal A) del artículos 230 de la Constitución, esto es, el Poder Ejecutivo, los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados. El restante 25% unos $ 500:000.000 al día de hoy lo ejecuta las Intendencias Municipales.
El Fondo de Desarrollo del Interior, FDI, ha funcionado desde el año 2001 hasta la fecha en muy buena forma y se ha convertido en un instrumento de desarrollo del interior del país. Es una muestra de que se puede trabajar en conjunto entre el Gobierno central y los Gobiernos departamentales, más allá de los colores políticos circunstanciales de unos y de otros. Es una herramienta que funciona muy bien y que tiene todos los controles necesarios.
En primer lugar, solicitamos a los organismos mencionados en el literal A) del artículo 230 de la Constitución información sobre las inversiones que van a realizar año a año, detalladas para cada departamento del interior del país. Este no es un dato menor porque lograremos mejorar la descentralización y podremos ir viendo en qué camino esos organismos, esos Ministerios o esos entes van invirtiendo este dinero. A su vez, como no existe descentralización sin recursos, creemos que estamos en el camino de profundizar este reparto de los porcentajes. Por lo tanto, pedimos que dichos porcentajes pasen a ser del 50% para los organismos mencionados en el literal A) del artículo 230 de la Constitución y de un 50% para las Intendencias Municipales.
Creemos que con esto seguiremos profundizando la descentralización y trabajando en línea para que los departamentos del interior del país tengan las mismas condiciones”, expresó.
Al culminar, el Diputado Sander solicitó que sus palabras fueran enviadas a la Comisión Sectorial, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, al Congreso Nacional de Intendentes, a la Intendencia y Junta Departamental de Rivera. Sometida la propuesta a votación por la presidenta de la Cámara Baja diputada Ivonne Passada, la misma fue aprobada cuarenta y cinco en cuarenta y seis diputado en sala.